El Tribunal de Juicios y Apelaciones de Gualeguaychú e Islas del Ibicuy dará continuidad este miércoles, a partir de las 8.30, al juicio oral (no es público) que se sigue contra el abogado Gustavo Rivas, imputado en la causa caratulada Nº J/454 “Rivas Gustavo/ promoción a la corrupción de un menor, promoción a la prostitución de un menor de 18 años de edad reiterada”; de acuerdo a lo establecido en los Artículos 125° y 125° bis del Código Penal. El Tribunal está integrado por los jueces Alicia Vivian, Arturo Exequiel Dumón y Mauricio Derudi. Actúan como fiscales Lisandro Béhéran y Martina Cedrés; los abogados querellantes son Estela Esnaola y Alfredo Vitale; mientras que el abogado Raúl Jurado es el defensor de Rivas. Las audiencias comenzaron el lunes, donde el Tribunal admitió la prescripción de dos de las doce denuncias iniciales. Se trata de casos ocurridos en 1975 y 1977 y se argumentó que al momento de los hechos Argentina todavía no había adherido a los tratados internacionales de Derechos Humanos y Derechos del Niño. De todas formas, desde el Ministerio Público Fiscal aportarán estos dos casos como testigos.

El 27 de julio de 2017, una investigación periodística realizada por Daniel Enz en la Revista ANÁLISIS –de la que es director- rompió con cuarenta años de impunidad, al exponer los innumerables casos de corrupción y facilitación a la prostitución de menores de 18 años que había ejercido el abogado Gustavo Rivas, personalidad de una gravitante influencia en Gualeguaychú, especialmente en el ámbito educativo, cultural, deportivo y social.

El juicio oral (no es público por la clase de delito que se ventilan de índole íntima o privada) se inició el lunes a las 8:50, donde lo más relevante fue el pedido de prescripción que pidió la defensa del imputado por dos hechos registrados en 1975 y 1977.

El Tribunal adhirió a esa concepción teniendo en cuenta que la prescripción es un dispositivo regulado por los Artículos 59° y 62° del Código Penal de la Nación, que permite la extinción de la acción penal (poder de investigar y juzgar que tiene el Estado), que establece un límite máximo de 12 años que comienzan a transcurrir desde que la conducta es realizada.

Y lo fundamentaron en la circunstancia que cuando ocurrieron estos dos hechos específicos, Argentina no estaba adherida a los tratados internacionales de Derechos Humanos y los Derechos de los Niños. No obstante, estas dos personas podrán declarar en el juicio en calidad de testigos; de acuerdo a lo manifestado por el fiscal coordinador Lisandro Beherán ante la prensa.

Así, la causa ahora se concentrará en diez víctimas denunciantes y se estima que casi cien testigos serán convocados para decir su verdad ante el Tribunal, en audiencias previstas para este miércoles y jueves; y los días 8, 9, 10, 15, 16, 17, 22, 23 y 24 de abril. Aunque se aclaró que, de acuerdo a la dinámica del propio juicio, este cronograma podría alterarse.

En la primera jornada, el imputado Rivas declaró sobre las acusaciones en términos generales, para asegurar que no cometió delitos y negar que estuvo con menores de edad.

A su vez, Daniel Enz también declaró el lunes como testigo, a raíz de que su investigación derivó en la actuación de oficio del Ministerio Público Fiscal. Se trató de un aporte importante para que la Justicia realice su tarea reparadora ante las víctimas.

La Fiscalía aportará como una prueba clave más de 200 fotografías, diapositivas y video filmaciones, cuyas imágenes de sexo explícito, exhiben de manera inequívoca estos actos de promoción a la corrupción de menores; cuyo material le fue secuestrado a Rivas en un allanamiento realizado en su domicilio particular el 27 de julio de 2017, horas después de publicarse la investigación en la Revista ANÁLISIS.

La fiscal Martina Cedrés, quien tuvo a su cargo la Investigación Penal Preparatoria (IPP), sostuvo que Rivas se valía “de su preeminencia y de una situación de asimetría para con las víctimas menores”, y se le imputó “haber determinado a sus víctimas a un estado sexual corrupto mediante actos prematuros y de actividad sexual exacerbada”; cuyos actos sexuales “fueron perversos, prematuros y excesivos”.

Para la Fiscalía, se está ante un caso histórico por el número de víctimas, por el modo en que ocurrieron los hechos durante cuatro décadas y concluye en su planteo en el pedido de una pena de 25 años de prisión.

Análisis Digital

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