Juan Ramón Antúnez y su hijo Kevin Benjamín fueron condenados ayer a cumplir una sentencia de 4 años de prisión efectiva para el padre y de 2 años y 6 meses de prisión condicional el adolescente de 18 años. Habían sido aprehendidos por Prefectura en un allanamiento el 3 de noviembre pasado.

La fuerza federal intervino en el procedimiento por orden del Juzgado de Garantías de Gualeguaychú, a raíz de una investigación que realizó la propia Prefectura. El procedimiento se realizó a primera hora de la mañana de ese 3 de noviembre en el barrio san Cayetano, en calle Troisse. Allí se ingresó a un domicilio y se detuvo a dos personas y se secuestró 300 gramos de marihuana y la misma cantidad de cocaína, que significan “unas 1288 dosis de marihuana, 1920 de cocaína” en el mercado narco. Además se incautaron balanzas de precisión; celulares y 73.900 pesos.

Tras la implementación de la Ley de Narcomenudeo en la provincia de Entre Ríos, las órdenes para los procedimientos dejaron de ser pura y exclusivamente de los Juzgados Federales. Desde mayo del año pasado, los Juzgados de Garantías de Entre Ríos están habilitados para emanar este tipo de órdenes y todas las fuerzas están en condiciones de llevar a cabo los procedimientos.

En este caso fue la Prefectura naval quien realizó el operativo que comenzó a las 7 y se extendió hasta el mediodía, en el barrio ubicado en las inmediaciones del Polideportivo. Fue consecuencia de una investigación que realizó el propio personal de la fuerza cuando tomó conocimiento de una supuesta tenencia y comercialización en la zona.

El miércoles por la mañana se formalizó un juicio abreviado al que ambos detenidos, padre e hijo de 47 y 18 años, decidieron adecuarse.  Se los imputó de “tenencia de estupefacientes con fines de comercialización”, en el caso de Juan Ramón Antúnez en calidad de autor y Kevin Benjamín Antúnez como participe secundario.

Para el hombre de 47 años se dispuso el traslado inmediato a la Unidad Penal 9 Colonia El Potrero, en tanto su hijo, que recibió una pena condicional por tener un papel secundario en la comercialización y por no tener antecedentes, deberá cumplir por el termino de 2 años y 6 meses reglas de conducta, como ser la realización de” 120 horas de trabajo no remunerado en favor del Estado o de instituciones de bien público, fuera de sus horarios habituales de trabajo”; entre otras obligaciones. (ElDía)

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