El gobierno provincial publicó en el Boletín Oficial el decreto que busca reglamentar las fumigaciones aéreas y terrestres con agrotóxicos en inmediaciones de escuelas rurales. Según el oficialismo, se busca llenar el vacío legal en respuesta al fallo judicial que prohíbe la fumigación aérea a tres mil metros y a mil metros por vía terrestre. El decreto del gobernador Gustavo Bordet regula a distancias sustancialmente inferiores a lo dispuesto por la Justicia: cien metros por vía terrestre y 500 metros para la vía aérea. Sin embargo, la sentencia del Poder Judicial tiene vigencia y hay quienes advierten que un decreto no puede pasar por encima de un fallo judicial. Incluso, señalaron que el decreto puede ser declarado inconstitucional porque pretende modificar el estatus de una situación ya juzgada y que desconoce los derechos humanos fundamentales que la Justicia pretendió defender con su sentencia. «Si alguien incumple la sentencia fundándose en el decreto, vamos a hacer la presentación judicial por incumplimiento de sentencia», confiaron a ANALISIS DIGITAL desde la coordinadora socioambiental Basta es Basta ¿Puede un decreto reglamentar por encima de un fallo judicial que tiene vigencia?

Después de idas y vueltas, el gobernador Gustavo Bordet firmó el decreto que reglamenta el uso de agrotóxicos en inmediaciones de escuelas rurales. Lo paradójico es que lo hace en distancias inferiores a las que dispuso el fallo de la Sala Penal ll a cargo del juez Oscar Benedetto y que luego fue ratificado por el Superior Tribunal de Justicia (STJ). Esto habilita un claro interrogante: ¿puede un gobierno decretar por encima de un fallo judicial que tiene vigencia? Desde los sectores socioambientales la respuesta es clara: un decreto no puede regular algo que prohibió el Poder Judicial.

La polémica va a continuar y posiblemente sea en sede judicial ya que si un productor se excusa en el decreto de Bordet para poder fumigar a menos distancia de la dispuesta por la Justicia, desde la coordinadora Basta es Basta ya advirtieron que acudirán a Tribunales para demandar a dicho productor por incumplir una sentencia vigente. «Existe una norma legal del Ejecutivo provincial que intenta limitar una sentencia que no puede ser afectada por un decreto», explicaron fuentes legales.

Además, advierten sobre el posible carácter de inconstitucional del decreto basándose en el desconocimiento que hace el gobierno de la preservación de derechos humanos que el fallo judicial pretendió preservar como lo son la vida y la salud de los niños y niñas de las escuelas rurales.

En la sentencia se le reclamó al gobierno que llene un vacío legal que había en la materia. Pero para esto, en el mismo fallo se dispuso que el gobierno no podrá reglamentar el uso de agrotóxicos en distancias inferiores a las dispuesta por la sentencia salvo que se cuente con estudios científicos que prueben que a menor distancia no se está poniendo en riesgo la salud de los alumnos y alumnas de las escuelas. Sin embargo, según lo que está en el decreto de Bordet, los fundamentos se basan en recomendaciones de la Secretaría de Agroindustria de la Nación que están bajo la doctrina de las ‘buenas prácticas’. Esta línea es la que sostienen desde el gobierno nacional con Luis Miguel Etchevehere a la cabeza, quien como titular de la cartera ha trabajado constantemente en la línea del agronegocio y las grandes empresas vinculadas a este rubro.

Es decir, el gobierno debe reglamentar el uso de agrotóxicos a una distancia igual o más lejana de lo que lo hizo la Justicia, salvo que mediante estudios científicos compruebe que fumigar a menos metros de lo dispuesto por el Poder Judicial no se está poniendo en riesgo la salud de las personas. Hasta el momento no se conoció párrafo alguno de un estudio que sustente regular a distancias inferiores de lo que dispuso la sentencia vigente. Incluso, hay quienes aseguran que es imposible en tan corto plazo poder llevar a cabo investigaciones científicas necesarias.

La polémica pasará ahora por la vigencia del decreto y si este puede regular en límites inferiores a los que dispuso el Poder Judicial. (Análisis)

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