Numerosos procedimientos por hechos de Abigeato en Entre Ríos

AMPLIO PROCEDIMIENTO POSITIVO POR INFRACCIÓN A LA LEY PROV. DE CARNES Nº 7292 DECOMISO DE 240 KILOGRAMOS DE CARNE VACUNA SIN AMPARO DE SU PROCEDENCIA.

En virtud de operativo diagramado por la superioridad personal de la brigada Interdepartamental La Paz, en conjunto con personal de Brigada de Villaguay, detienen la marcha de un automóvil, que se mostraba dubitativo antes de arribar al puesto de control, una vez en este se identifica a su conductor como comerciante de la localidad de Bovril, quien se encontraba acompañado por dos masculinos mas, los cuales trasportaba en su interior, baúl del rodado, un animal vacuno faenado y despostado, sin ningún tipo de condiciones sanitarias y reglamentarias conforme lo establece la ley provincial de carnes, al estar en una evidente infracción al mencionado cuerpo legal se procedió a su decomiso a posteriori, practicándose la desnaturalización en el lugar rociando con líquido inflamable (nafta) la totalidad del decomiso, así mismo se llevó a cabo la desnaturalización del decomiso mediante la acción del fuego.


BRIGADA FEDERAL

Brigada Federal en horas de la madrugada, en operativo conjunto con personal del Puesto Caminero de Federal, ubicada sobre Ruta Nacional Nro. 127 y Provincial Nº 6, detienen la marcha un automóvil, que circulaba sentido Norte a Sur, marca Volkswagen, modelo Gol, conducido por un ciudadano argentino, instruido, mayor de edad, domiciliado en la ciudad de Paraná, a quien se le requirió amablemente que exhibiera lo que transportaba dentro del baúl, ya que dada las características del vehículo su parte trasera, zona baúl, se encontraba más baja de lo habitual para ese tipo de rodado, y su estado de nerviosismo, hizo presumir que se transportaba algo que no estaría en regla, de esta manera se pudo

constatar la presencia de SEIS (6) ANIMALES OVINOS FAENADO, de entre 15 y 20 kilogramos de peso, sin provenir de establecimiento faenador habilitado, no poseer ningún tipo de documentación y no tener cadena de frio, entre otras anomalías, las cuales eran destinadas a comercialización en la capital entrerriana. No obstante los dichos del masculino conductor del vehículo dando algunas características se logró establecer que no eran producto de ilícito razón por la cual y en virtud de estar ante falencias estatuidas en la Ley Provincial de carnes 7292 decretos, resoluciones en vigencias, se procedió a labrar acta de estilo acorde a lo normado en el mencionado cuerpo legal.-


BRIGADA FEDERACIÓN

Personal de Brigada Federación a cargo del Sub.-Crio Vega, en virtud de un llamado telefónico anónimo que daba cuenta que personas merodeaban inmediaciones de Arroyo Tatutí, más precisamente en campos del Establecimiento denominado “La Colorada”, habría gente movilizándose de un lado a otro, ajenas a la propiedad, por lo que personal de dicha Dependencia se dirigen al lugar e identifican dos masculinos, los que llevaban consigo animales de la fauna silvestre carpincho y viracho, no obstante ello para mayor seguridad de los intervinientes como de los masculinos en cuestión se los traslada hasta instalaciones de la Dependencia para identificarlos correctamente, una vez materializado dicha diligencia se logra dilucidar que dichos ciudadanos oriundos de San Jaime De La Frontera, mayores de edad, quienes manifestaron que ingresaron a la propiedad sin permiso alguno practicando la caza en las costa del Arroyo Tatutí, en el sitio antes descripto, se observa dos cuchillos una chaira, tres hasta de ciervo y dos linternas.

Ante lo sucedido se procedió a labrar Acta de Infracción por Ley de caza Provincial N° 4841, por supuesta infracción a sus Art. N° 17°, 24° Inc. G, 47°. No obstante las falencias detectadas vale decir que el ingreso a la propiedad privada sin consentimiento de su propietario queda penado por el C.P.A. (violación de domicilio), lo que quedo supeditado hasta el momento según la situación antes narrada.


BRIGADA DIAMANTE

Personal de dicha Brigada, a primera hora de la tarde llevaba adelante en la zona de Costa en Paraje “La Azotea”, lugar donde habitualmente desembarcan todo tipo de los embarcaciones ya sea dl rubro pescadores y de otros intereses que en oportunidades se camuflan bajo esta profesión, por lo cual realizando un contralor como es habitual, ahora bien estando en dicho lugar se observó que en unos pocos metros de donde estaban los uniformados amarro una embarcación de color amarilla con bordas rojas, de 6,50 mtrs. de largo aproximadamente, con motor fuera de borda , donde se trasladaban cuatros masculinos, donde uno de ellos se baja de la misma y se va en una camioneta marca Ford, F100, de color bordó, al ver que dicha embarcación no amarro en el lugar habitual personal de dicha Brigada se apersono dónde estaba la misma, se observó que no traía piezas de pescados como es habitual, si cuatro bolsas de Nylon de color blanca con motivos de color amarillos y azul, lo que llamo poderosamente la atención,  al consultarles que poseían en dichas bolsas estos manifestaron todo tipo de versiones, seguidamente se los invito a que exhibieran lo que tenían entre las bolsas pudiéndose ver que eran cuatros partes de un animal vacuno, dos delanteros, un trasero y un costillar, pelaje colorado, compatible con Aberdeen Angus colorado o similar de entre 220 a 270 kg en pie, lo cual la totalidad de la carne transportada hace a un total de 95 kg, aproximadamente, ante tal situación y al no poder justificar el traslado de la carne, como así tampoco su procedencia, como la veracidad de lo que narraban, se solicitó en primera instancia al comando radioeléctrico que localice a la camioneta antes detallada y sea identificado el masculino que conducía la misma ya que se había bajado de la lancha y se había retirado en la misma en forma fugaz.

Seguidamente vía telefónica se mantuvo comunicación con la fiscal de turno Dra. MARIA FLORENCIA ACUÑA, a quién se le informo lo antes detallado y que posiblemente estaríamos en presencia de un hecho de abigeato, lo cual  ordeno que se realizara un expediente contravencional por la supuesta infracción a la Ley Pcial. De Carnes 7292, en primera instancia ya que a prima facie no había delito por el momento hasta que se denuncie la faltante del animal en pie o sus restos sean encontrados por el propietarios entre otras condiciones legales, por  lo que implícitamente se llevó adelante correctamente identificado por personal de antecedentes personales, como así también se le dio intervención a personal del gabinete de criminalística de rastro y fotógrafo de la Dptal. Diamante.

se procedió al decomiso de la totalidad de carne vacuna, a su desnaturalización por medio de la acción del fuego, al secuestro de dos cuchillos y una chaira; por último y para terminar con la formalidad del procedimiento se solicitó la colaboración del personal de prefectura de la localidad de diamante a los fines informe sobre el estado de la embarcación manifestando que no poseía impedimento alguno, se le hizo entrega a su dueño quién presento su correspondiente documentación.

 

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