Se conoció este miércoles que la sentencia dictada por la Cámara de Casación Penal, concede el recurso extraordinario contra la sentencia dictada por ese mismo cuerpo judicial en la que dispone la absolución de la Dra. Tolosa por el delito de “homicidio culposo”.-
La concesión significa que, una vez examinado por la Cámara de Casación Penal sobre lo relacionado a si aquel recurso es admisible para que sea tratado por la Sala Penal N° 1 del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, se eleva dicho recurso a ésta Sala Penal, con el fin de que se revise la sentencia de absolución por los motivos expuesto por el acusador particular en el recurso, doctor Gustavo Soppelsa.-
En diálogo con el doctor Sebastián Arrechea (defensor particular de la doctora Sonia Tolosa), señaló a 03442 que los pasos a seguir son “se elevan las actuaciones a la Sala Penal N° 1 del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos; una vez que llegan la actuaciones a la Sala, se pone el Legajo a disposición de las partes por un lapso no mayor a 10 días comunes para su examen en Secretaría. Vencido el plazo, el presidente convocará a una audiencia con un intervalo no menor de cinco días ni mayor a veinte días, según la urgencia y complejidad del caso. En la audiencia se oirá a las partes, comenzando por la que interpuso el recurso, siendo en esta caso el doctor Soppelsa”.
Concluida la audiencia, el Tribunal dará fecha de lectura, donde podría revocar el fallo de Casación y disponer nueva sentencia o confirmarlo, de maneta que solo le quedaría a la Querella recurrir ante la Corte Suprema de Justicia. (Fuente: 03442)