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Confirmaron 280 muertes y más de 396 mil casos de dengue en el país

Argentina continúa sumando más casos positivos de dengue, según indicó el Ministerio de Salud de la Nación en un informe epidemiológico que emitió este domingo. Ya son 280 los fallecidos por la enfermedad.

El Ministerio de Salud dio los últimos datos sobre la incidencia del dengue en Argentina. “Se han notificado hasta ahora en la temporada, desde la semana 31de 2023 -fines de julio y comienzos de agosto- hasta la semana 16 de 2024 -mediados de abril- 396.484 casos de dengue (91% autóctonos, 7% en investigación y 2% importados), de los cuales 379.341 corresponden al año 2024″, informaron.

“La incidencia acumulada hasta el momento para la temporada es de 842 casos cada cien mil habitantes. En el mismo período 871 casos fueron clasificados como dengue grave (0,2%) y se registraron 280 casos fallecidos (letalidad hasta el momento 0,071%)”, precisaron en el último Boletín Epidemiológico sobre la enfermedad viral transmitida por el mosquito Aedes aegypti.

Y profundizaron: “Con los datos disponibles hasta el momento se registra el pico de la curva epidémica para el nivel país en la semana 12 -mediados de marzo, con 55.476 casos y en las tres semanas posteriores se registran diferencias de 8%, 6% y 44% inferiores al número del pico. Se debe tomar con prudencia los casos de las últimas semanas porque pueden modificarse de acuerdo con la sucesiva integración de información por parte de los notificadores”.

La vigilancia del dengue se lleva a cabo de manera estacional, desde la semana epidemiológica 31 de un año hasta la semana 30 del siguiente, coincidiendo con el pico de actividad del virus, que generalmente ocurre durante los meses de verano. A pesar de que aún quedan varias semanas para completar la medición de este año, se ha superado ampliamente el umbral de casos récord registrado en la temporada anterior, que se situaba en poco más de 130 mil.

En esa línea, desde la cartera de salud realizaron una serie de paralelismos: “En comparación con otros años epidémicos, la actual temporada se caracteriza por mayor magnitud que temporadas epidémicas previas: los casos acumulados hasta la semana 16 representan 3,25 veces más que lo registrado en el mismo período de la temporada anterior -2022/2023- y 9,24 veces más que lo registrado en el mismo período de 2019/2020; circulación viral persistente durante todo el período en la región NEA y adelantamiento del aumento estacional respecto a años epidémicos previos; mayor número de casos por semana: con la información disponible hasta el momento, desde la semana 8 de 2024 -medados de febrero- se ha superado el número de casos respecto al pico previo registrado en la semana 13 de 2023 -fines de marzo de 2023- cuando se habían contabilizado 18.211 casos”.

Con respecto a la situación por regiones, profundizaron: “La región Centro concentra hasta el momento el 61.5% seguida por las regiones NOA y NEA, las que aportan el 20.9% y 15.4% de los casos respectivamente mientras que las regiones Cuyo y Sur aportan el 2.2%. En cuanto a la incidencia acumulada, los valores más altos hasta el momento son los de las regiones NEA y NOA (1.401 y 1396 casos cada 100.000 habitantes respectivamente) seguidas por la región Centro con 806, Cuyo con 222 y Sur con 40″.

En tanto, en el informe detallaron cuáles son los serotipos del virus del dengue que predominan en el país: “En la presente temporada se han identificado hasta el momento 3 serotipos circulando en el país, con predominio de DEN-2, seguido de DEN-1 (entre ambos concentran más del 99,9% de los casos) y algunos pocos casos de DEN-3″.

Cuánto bajará la cuota de la prepaga que acapara la mayoría de los afiliados

OSDE informó cuánto bajará la cuota de los afiliados en la próxima factura: la reducción será del 22 por ciento en la cuota de abril con respecto a la de marzo. Aclaró que no habrá una reducción en el pago a los prestadores.

La prepaga que acapara la mayoría de los afiliados del mercado informó cuál será el esquema de las nuevas facturas que empezarán a llegarle a la gente los próximos días.

Como regla general, la información brindada por fuentes de OSDE es que la reducción que los afiliados verán reflejado en las cuotas será del 22 por ciento en abril con respecto al mes de marzo. Hay que aclarar que cobra por mes vencido.

Sin embargo, habrá una diferencia entre los afiliados desregulados (a través de obra social) y los directos.

Según explicaron desde la empresa, a los desregulados se les debe cobrar todavía la diferencia (entre el aporte y el excedente) de marzo, por lo que ese pago llevará un 19 por ciento de aumento con respecto a lo abonado por esos afiliados en febrero. Representan el 75 por ciento del total. Luego, sí, a partir de abril -es decir en la siguiente factura- verán reflejada la reducción anunciada del 22 por ciento.

En cambio, los afiliados directos y monotributistas recibirán en las próximas horas las facturas correspondientes al mes de abril (que deberán pagar los primeros días de mayo) y en ese caso las cuotas ya se verán ajustadas con la reducción del 22 por ciento. En este caso, el último incremento del 19 por ciento lo habían pagado por el mes de marzo en los primeros días de abril.

Esta modificación ocurre luego de que la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía, mediante una resolución dictada el 17 de abril, ordenara a siete prepagas retrotraer los precios de las cuotas a los valores de diciembre y sobre eso sumarles la inflación acumulada. La orden tuvo lugar luego de que todas las prepagas aumentaron sus cuotas por encima del Índice de Precios al Consumidor (IPC), luego de que el DNU 70 (de diciembre pasado) las habilitara a hacerlo.

Las siete prepagas incluidas en la resolución del Poder Ejecutivo son OSDE, Galeno, Hospital Británico, Hospital Alemán, Medifé, Swiss Medical y Omint. Hasta el momento, según pudo saber Clarín, sólo OSDE informó cómo facturará la próxima cuota, en un contexto de incertidumbre generalizada de los afiliados.

Amparo para la devolución del dinero

Por otro carril sigue su curso el amparo judicial que presentó la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS) y que se tramita en el Juzgado Civil y Comercial Federal 9, a cargo de Mercedes Maquieira. En este caso se trata de la parte más delicada del asunto. El Gobierno argumenta que hubo «cartelización» de las prepagas para incrementar sus cuotas y en consecuencia pretende que les devuelvan a los afiliados lo cobrado por encima de la inflación entre los meses de diciembre y marzo.

Maquieira todavía no resolvió sobre la cuestión. Lo primero que hizo fue preguntarle al Gobierno, en un fallo conocido este lunes, si no había superposición entre la medida administrativa del Gobierno y el amparo presentado, dado que varias de las prepagas alcanzadas por la resolución de la Secretaría de Industria y Comercio también figuran también en la demanda judicial.

La SSS no sólo respondió que la decisión era seguir adelante con la demanda contra las 18 prepagas incluidas en la primera presentación (16 más dos que se incorporaron inmediatamente), sino que además había decido ampliar la iniciativa contra otra cinco, con lo que el total de empresas a las que apunta el Gobierno para que devuelvan parte de lo ya cobrado alcanza a 23.

El amparo incluye a OSDE, Swiss Medical, Medicus, Omint, Galeno, Medifé, Hospital Italiano, Obra Social Luis Pasteur, Hominis, Medicina Esencial, Asociación Mutual del Personal Jerárquico de Bancos Oficiales Nacionales, Obra Social Unión Personal Civil de la Nación, Mutual Federada 25 de Junio, ACA Salud, Sancor Salud, Prevención Salud, Sistema Integrado de Prestadores de Salud, Met Córdoba S.A, Hospital Alemán, Hospital Británico, CEMIC, Grupo DDM S.A. y Círculo Médico de Lomas de Zamora.

No se sabe qué tiempos demandará a la Justicia la resolución de este punto. Desde las prepagas alertan que si se les hace devolver el dinero ya cobrado a los afiliados corre riesgo de resentirse toda la cadena del sistema de salud privado, al punto del quiebre. Eso está por verse. Por lo pronto, otra amenaza que venían sosteniendo las prepagas por lo bajo, y que tiene que ver con los honorarios de los prestadores a partir de la reducción de la cuota, finalmente no sufrirá cambios. Por lo menos en el caso de OSDE.

Sobre ese tema, desde la prepaga informaron que a los prestadores «se les pagará los mismos honorarios que en el mes de marzo», algo que era una gran preocupación del sector de las clínicas y sanatorios. Al punto que este lunes, desde la Asociación de Clínicas, Sanatorios y Hospitales Privados de la República Argentina (ADECRA), habían salido a alertar sobre esta situación, según publica el diario Clarín.

«Hoy se desarrolla un conflicto sectorial, de público conocimiento, que repercutirá fuertemente en el sector prestador de servicios, entendiendo que somos parte de una cadena de valor que en su conjunto administra un bien público -la salud- con gestión privada. De no resolverse pronto, esta situación dejará fuera de juego, quebradas, a muchas instituciones”, había manifestado Jorge Cherro, titular de ADECRA.

La decisión de OSDE también en este sentido es importante, porque acapara más de 2 millones de afiliados de las empresas de medicina privada, lo que representa casi el 35 por ciento del mercado.

La receta electrónica será obligatoria en todo el país a partir de julio

Los estableció el Gobierno a través de la reglamentación del DNU 70/23 que prioriza el objetivo de facilitar el acceso a los medicamentos y tratamientos “de manera más eficiente y segura”.

Con el objetivo de impulsar la digitalización del sistema de salud argentino, el Ministerio de Salud de la Nación avanzó con la reglamentación del DNU 70/23, a través del Decreto N°345/2024, para la implementación obligatoria de la receta electrónica y este avance tecnológico tiene el propósito de mejorar la calidad en la prestación de servicios de salud a los ciudadanos, a través de la eficiencia y la seguridad, facilitando la identificación de los profesionales que prescriben medicamentos.

En la misma dirección, contempla la integración y estandarización de las plataformas digitales ya existentes en el sistema, la definición de un diccionario nacional de medicamentos y el seguimiento eficaz del tratamiento de los paciente, mientras que la medida se inscribe en las acciones dispuestas por el Gobierno nacional para aumentar la competitividad del mercado, lograr una mayor agilidad de la industria y minimizar costos.

A partir del 1° de julio entra en vigencia la implementación de la receta electrónica y/o digital será obligatoria en todo el país, mediante la coordinación con las autoridades jurisdiccionales competentes y los organismos con incumbencia en la materia, mientras que, cuando resulte necesario, corresponderá a las autoridades jurisdiccionales promover el dictado de las leyes de adhesión jurisdiccional que contemplen los cambios en las respectivas leyes de ejercicio profesional y sus regímenes sancionatorios.

Las actuales implementaciones de receta electrónica y/o digital continúan vigentes en su uso, en tanto cumplan con los requisitos previstos en la presente reglamentación, los que en un futuro la normativa o la autoridad de aplicación establezca y en los términos del cronograma de implementación que se acuerde.

Los cuatro ejes esenciales

La adopción de la receta electrónica, cuyo modelo quedó establecido por el Decreto N° 63/24, responde a cuatro ejes esenciales:

La identificación de profesionales con capacidad para prescribir. Se garantiza el adecuado acceso a la identificación de los profesionales de la salud a través de la Red Federal de Registro de Profesionales de la Salud (REFEPS). Este registro asegura que solo los profesionales debidamente acreditados puedan emitir prescripciones, manteniendo así la integridad y seguridad del proceso de prescripción.
Un Registro Nacional de Soluciones Informáticas. Se desarrolla un registro nacional que incluye las soluciones informáticas que brindan soporte en la gestión sanitaria. Este registro abarca tanto los softwares que emiten recetas electrónicas como aquellos utilizados por las farmacias para la gestión de la dispensación de medicamentos. Esta medida busca estandarizar y asegurar la calidad y seguridad de las plataformas utilizadas en todo el territorio nacional.
El Diccionario Nacional de Medicamentos. Se establece un diccionario nacional de medicamentos para que las soluciones de salud digital puedan utilizarlo como base de referencia. Esto permite que las recetas sean emitidas denominando a los medicamentos por su nombre genérico, facilitando la identificación y dispensación de los mismos. Este diccionario garantiza la uniformidad y precisión en la prescripción de tratamientos a nivel nacional.
La comunicación y acceso a las recetas y órdenes electrónicas. Se propicia un sistema eficiente de comunicación y acceso a las recetas y órdenes electrónicas emitidas. Esto incluye también la declaración de la dispensa de medicamentos, la información sobre el producto entregado y su eventual sustitución en las farmacias. Esta integración asegura un seguimiento eficaz del tratamiento prescrito al paciente, desde la prescripción hasta la dispensación.
Este sistema no solo facilitará el acceso a los medicamentos y tratamientos de manera más eficiente y segura, sino que también promoverá la calidad en todo el proceso de atención médica.

Sobre la venta y despacho de medicamentos bajo receta
La venta y despacho deben realizarse desde la farmacia, en presencia de un farmacéutico responsable (director técnico y/o farmacéutico auxiliar), su venta y entrega al paciente podrá ser acordada por canales electrónicos determinados por la farmacia, mediante traslado al lugar que éste disponga a su conveniencia.

Es responsabilidad del profesional farmacéutico garantizar que el traslado se realice de modo seguro conforme los requisitos aplicables y los que la autoridad sanitaria establezca a tal efecto, mientras que las farmacias deberán archivar y guardar las recetas digitales durante 3 años.

La parte resolutiva del decreto

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese el punto 2 del inciso A) del artículo 1° de la Reglamentación de la Ley N° 27.553 aprobada por el Decreto N° 98 del 27 de febrero de 2023, que quedará redactado de la siguiente forma:

“2.- Contenido: El contenido debe cumplir con lo establecido por el inciso 7 del artículo 19 de la Ley N° 17.132 y su Reglamentación, sobre ‘Reglas para el Ejercicio de la Medicina, Odontología y Actividades de colaboración de las mismas’.

Los contenidos de la receta electrónica y/o digital deberán incorporarse en la sección destinada para el mismo, atendiendo a favorecer la simplificación, accesibilidad, equidad y calidad de la atención sanitaria y conforme la estructura que determine la Autoridad de Aplicación”.

ARTÍCULO 2°.- Incorpórase como punto 7 del inciso A) del artículo 1° de la Reglamentación de la Ley N° 27.553, aprobada por el Decreto N° 98 de fecha 27 de febrero de 2023, que quedará redactado de la siguiente forma:

“7.- Identificación de medicamentos: la Autoridad de Aplicación implementará un instrumento de identificación y referencia para medicamentos a prescribirse en recetas electrónicas y/o digitales, con el fin de favorecer el uso, acceso e interoperabilidad de estas. La implementación de este requisito será articulada en forma progresiva por la Autoridad de Aplicación, mediante la coordinación de su accionar con las autoridades jurisdiccionales competentes y los organismos con incumbencia en la materia, conforme a lo prescripto en el artículo 3° de la Ley N° 27.553”.

ARTÍCULO 3°.- Sustitúyese el inciso C) del artículo 1° de la Reglamentación de la Ley N° 27.553, aprobada por el Decreto N° 98 del 27 de febrero de 2023, que quedará redactado de la siguiente forma:

“C) Las actuales implementaciones de receta electrónica y/o digital continúan vigentes en su uso, en tanto cumplan con los requisitos previstos en la presente Reglamentación, los que en un futuro la normativa o la Autoridad de Aplicación establezca y en los términos del cronograma de implementación que se acuerde.

La receta electrónica y/o digital es el medio obligatorio para la prescripción de medicamentos, órdenes de estudios, prácticas y cualquier otra indicación que los profesionales de la salud consideren pertinentes para sus pacientes, en todo el territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA, en la medida en que las jurisdicciones locales adhieran”.

ARTÍCULO 4°.- Sustitúyese el artículo 2° de la Reglamentación de la Ley N° 27.553, aprobada por el Decreto N° 98 del 27 de febrero de 2023, que quedará redactado de la siguiente forma:

“ARTÍCULO 2°.- Toda prescripción de receta digital y/o electrónica y las plataformas de teleasistencia deberán adecuarse a los requerimientos legales que regulen su ejercicio. Los sistemas o plataformas de gestión de las farmacias o dispensa deberán permitir el registro de la sustitución de medicamentos al momento de la dispensa, así como también deberán facilitar la información al prescriptor sobre la sustitución del producto dispensado o su dispensa parcial. La implementación de este requisito será articulada en forma progresiva por la Autoridad de Aplicación, mediante la coordinación de su accionar con las autoridades jurisdiccionales competentes y los organismos con incumbencia en la materia, conforme a lo prescripto en el artículo 3° de la Ley N° 27.553.

Las autoridades jurisdiccionales podrán adherir a la utilización de la LICENCIA SANITARIA FEDERAL, cuyo alcance y contenido se establecerá por la normativa complementaria que a tales efectos dicte la Autoridad de Aplicación, con el fin de instrumentar la prescripción de la receta digital o electrónica o las demás prácticas que por estos se definan en la RED NACIONAL DE INTEROPERABILIDAD EN SALUD”.

ARTÍCULO 5°.- Sustitúyese el inciso vi del artículo 3° de la Reglamentación de la Ley N° 27.553, aprobada por el Decreto N° 98 del 27 de febrero de 2023, que quedará redactado de la siguiente forma:

“vi. Crear el REGISTRO DE RECETARIOS ELECTRÓNICOS al cual los responsables de las plataformas y/o sistemas que cuentan con la capacidad técnica de prescribir recetas electrónicas y/o digitales, órdenes de estudios, prácticas y cualquier otra indicación, deberán informar el formato y modelo de las recetas a emitir, así como determinar los datos exigibles tomando como base a los campos mínimos vigentes en la Reglamentación de la Ley N° 17.132 y sus modificatorias, definir los requisitos y procedimientos y auditar su cumplimiento”.

ARTÍCULO 6°.- Sustitúyese el artículo 13 de la Reglamentación de la Ley N° 27.553, aprobada por el Decreto N° 98 del 27 de febrero de 2023, que quedará redactado de la siguiente forma:

“ARTÍCULO 13.- El MINISTERIO DE SALUD como Autoridad de Aplicación, en coordinación con las autoridades jurisdiccionales y los organismos con incumbencia en la materia, deberá garantizar el desarrollo de los procesos que permitan la implementación de la ley que por el presente se reglamenta, promoviendo la interoperabilidad de las plataformas, acordando los mecanismos de acceso a la firma digital o electrónica de los profesionales de la salud, en coordinación con las áreas competentes, los desarrollos tecnológicos, la conectividad requerida y los consensos para operar en la RED NACIONAL DE INTEROPERABILIDAD EN SALUD mediante el uso de la LICENCIA SANITARIA FEDERAL. Cuando resulte necesario, corresponderá a las autoridades jurisdiccionales promover el dictado de las leyes de adhesión jurisdiccional que contemplen los cambios en las respectivas leyes de ejercicio profesional y sus regímenes sancionatorios”.

ARTÍCULO 7°.- Incorpórase como primer párrafo al artículo 1° de la Reglamentación de la Ley N° 17.565, aprobada por el artículo 1° del Decreto N° 7123 del 15 de noviembre de 1968 y sus modificatorios, el que quedará redactado de la siguiente forma:

“La venta y despacho deben realizarse desde la farmacia, en presencia de un farmacéutico responsable (Director Técnico y/o farmacéutico auxiliar), su venta y entrega al paciente podrá ser acordada por canales electrónicos determinados por la farmacia, mediante traslado al lugar que éste disponga a su conveniencia, siendo responsabilidad del profesional farmacéutico garantizar que el traslado se realice de modo seguro conforme los requisitos aplicables y los que la autoridad sanitaria establezca a tal efecto”.

ARTÍCULO 8°.- Sustitúyese el artículo 6° de la Reglamentación de la Ley N° 17.565, aprobada por el artículo 1° del Decreto N° 7123 del 15 de noviembre de 1968 y sus modificatorios, que quedará redactado de la siguiente forma:

“ARTÍCULO 6°.- A los efectos del artículo que se reglamenta, considérase:

a) despacho nocturno en casos de urgencia, el que les sea requerido a las farmacias, aunque no se hallen de turno.

b) ‘turnos’, los que cumplan las farmacias además de su horario habitual de atención al público.

La Autoridad Sanitaria confeccionará la lista de turnos de farmacias, estableciendo los días calendarios respectivos, solo para los turnos nocturnos o para días feriados que se hayan establecido de modo obligatorio conforme lo estime conveniente, debiendo adoptar las providencias necesarias para su más adecuada y amplia difusión”.

ARTÍCULO 9°.- Sustitúyese el artículo 9° de la Reglamentación de la Ley N° 17.565, aprobada por el artículo 1° del Decreto N° 7123 del 15 de noviembre de 1968 y sus modificatorios, que quedará redactado de la siguiente forma:

“ARTÍCULO 9°.- A los efectos del artículo que se reglamenta considéranse:

a) Productos de “expendio legalmente restringido”, aquellos que contengan sustancias estupefacientes o psicotrópicas y deban -de acuerdo a las normas legales vigentes- ser prescriptos en formularios oficializados y conforme al modelo aprobado por el MINISTERIO DE SALUD, a través de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA (ANMAT).

b) Productos de “expendio bajo receta archivada”, aquellos que el MINISTERIO DE SALUD, a través de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA (ANMAT), considere que deban ser despachados al público con tales requisitos.

Para la prescripción en recetas electrónicas y/o digitales deberá cumplirse con los requisitos establecidos en la Ley N° 27.553 y su Reglamentación.

Las recetas electrónicas y/o digitales deberán ser asentadas en el archivo digital puesto a disposición para tal fin una vez despachadas y firmadas electrónica y/o digitalmente por el farmacéutico que realizó la dispensa, acorde la forma y procedimiento que establezca el MINISTERIO DE SALUD.

Análogo procedimiento deberá seguir el Director Técnico y/o farmacéutico auxiliar con las fórmulas magistrales que despache, siempre que su composición se integre por las sustancias establecidas bajo la presente condición de venta, y deberá agregar al envase -tal como lo dispone el MINISTERIO DE SALUD para los productos elaborados en establecimientos industriales farmacéuticos- la leyenda “Este medicamento debe ser usado exclusivamente bajo prescripción y vigilancia médica y no puede repetirse sin nueva receta”. Los que no se ajusten a esta exigencia serán comisados y los responsables de su elaboración serán pasibles de las sanciones que fija la ley.

c) Productos de “expendio bajo receta”, aquellos que el MINISTERIO DE SALUD, a través de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA (ANMAT), considere que deban ser despachados al público con tales requisitos.

Los Directores Técnicos y/o farmacéuticos auxiliares están obligados a firmar electrónica o digitalmente las recetas, cuando ellas contengan fórmulas magistrales y oficiales, siendo responsables de su correcta preparación.

Cuando en la receta se encuentre omitido el tamaño de la presentación o contenido del envase, se deberá despachar la de menor contenido.

d) Los productos de “expendio libre” son aquellos que el MINISTERIO DE SALUD, a través de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA (ANMAT), haya autorizado con tales características”.

ARTÍCULO 10.- Sustitúyese el artículo 10 de la Reglamentación de la Ley N° 17.565, aprobada por el artículo 1° del Decreto N° 7123 del 15 de noviembre de 1968 y sus modificatorios, que quedará redactado de la siguiente forma:

“ARTÍCULO 10.- Los registros y los archivos digitales a los que hace referencia el artículo que se reglamenta deberán ser llevados al día y ser puestos a disposición y exhibidos, en los casos que corresponda, a los Inspectores de la Autoridad Sanitaria, a su requerimiento.

El registro recetario deberá firmarlo el Director Técnico de la farmacia diariamente al final de la última receta, garantizando su seguridad, inalterabilidad e integralidad.

La Autoridad de Aplicación determinará y actualizará los requisitos y contenidos mínimos que deberán llevar todos los archivos digitales mencionados en el artículo que se reglamenta. Cada farmacia deberá garantizar la existencia de libros digitales o electrónicos de recetario, contralor de estupefacientes, contralor de psicotrópicos y de inspecciones, conforme al cronograma que la Autoridad de Aplicación establezca; contando con respaldo sustituto hasta tanto este se encuentre disponible en soporte digital o electrónico”.

ARTÍCULO 11.- Sustitúyese el artículo 25 de la Reglamentación de la Ley N° 17.565, aprobada por el artículo 1° del Decreto N° 7123 del 15 de noviembre de 1968 y sus modificatorios, que quedará redactado de la siguiente forma:

“ARTÍCULO 25.- El Director Técnico de la farmacia está obligado a:

a) practicar los ensayos y comprobaciones destinados a determinar la pureza de las drogas, productos químicos y preparaciones oficiales que se utilizan en la farmacia bajo su dirección y a eliminar los que no reúnan aquella condición;

b) preparar las fórmulas magistrales;

c) vigilar que en la farmacia bajo su dirección solo se acepten las recetas extendidas por las personas autorizadas por la Ley Nº 17.132 a efectuarlas, así como por todo médico veterinario matriculado, veterinario matriculado ante la autoridad jurisdiccional competente según lo establezca la normativa vigente.

d) adoptar los recaudos necesarios para la adecuada conservación de las drogas y medicamentos;

e) mantener en la farmacia bajo su dirección, actualizados y en condiciones, todos los elementos que determine la Autoridad Sanitaria, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 3º de esta Reglamentación”.

ARTÍCULO 12.- Deróganse los artículos 14, 15, 16, 27, 40, 41, 42 y 44 de la Reglamentación de la Ley N° 17.565, aprobada por el artículo 1° del Decreto N° 7123 del 15 de noviembre de 1968 y sus modificatorios.

ARTÍCULO 13.- La presente medida entrará en vigencia a partir del día 1° de julio de 2024.

ARTÍCULO 14.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

MILEI – E/E Guillermo Francos – Mario Antonio Russo

e. 22/04/2024 N° 22896/24 v. 22/04/2024

Una planta se presenta como una probable solución en la lucha contra el dengue

Un equipo de científicos del Conicet logró identificar extractos y compuestos naturales y avanzan en diseñar cómo inhibir de forma efectiva el virus que transmite el mosquito Aedes aegypti.

Plantas de la familia Asteraceae que crecen en la Argentina podrían ser la llave en la lucha contra el dengue: científicos del Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (Conicet) consiguieron identificar extractos y compuestos naturales de un grupo de plantas que lograron inhibir de manera efectiva y selectiva la multiplicación del virus que transmite el mosquito vector Aedes aegypti en experimentos in vitro.

Los expertos recolectaron muestras de seis especies de plantas de la familia Asteraceae (Grindelia pulchella, Helenium radiatum, Campuloclinium macrocephalum y otras) en las provincias de Catamarca, Entre Ríos y Buenos Aires. Luego, en el laboratorio obtuvieron 12 extractos y evaluaron otros 14 compuestos naturales ya aislados por el grupo a partir de plantas de la misma familia.

Los científicos realizaron ensayos in vitro (en cultivo de células) y midieron la capacidad para inhibir una de las variedades o serotipos del virus del dengue de mayor prevalencia en Argentina: DENV-2.

Claudia Sepúlveda, investigadora del Conicet en el Instituto de Química Biológica de la Facultad de Ciencias Exactas y Naturales (Iquibicen, UBA-Conicet) y una de las autoras del estudio, explicó: “En general, el uso del DENV-2 en ensayos in vitro es el habitual para la búsqueda de nuevos candidatos antivirales para el tratamiento del dengue. Este es un virus altamente infeccioso y puede causar una enfermedad grave, incluso la muerte. Ha sido responsable de grandes brotes de dengue en todo el mundo y ahora somos testigos de uno en el país. Además, dado que multiplica bien en cultivo de células, facilita su estudio en el laboratorio”.

Los estudios in vitro demostraron que cuatro extractos y tres compuestos naturales fueron capaces de inhibir de manera efectiva y selectiva la replicación del serotipo 2 de DENV. “Si logramos identificar las moléculas activas presentes en los extractos que ejercen ese efecto antiviral, así como continuar con los estudios de los compuestos ya detectados, se abriría la posibilidad de diseñar fármacos con una promisoria acción antiviral”, remarcó Cecilia Laurella, becaria posdoctoral del Conicet en el Instituto de Química y Metabolismo del Fármaco (Iquimefa, Conicet-UBA).

En esa línea de investigación, el siguiente paso será, en el caso de los extractos activos, someterlos a un proceso de purificación que conduzca al aislamiento e identificación de moléculas activas que puedan inspirar el desarrollo de fármacos antivirales sintéticos contra el virus del dengue.

“Los compuestos de origen natural precisan a menudo ser optimizados a través de la obtención de derivados, de manera de lograr mejorar su eficacia y/o selectividad o para lograr óptimas propiedades farmacocinéticas”, explicó Valeria Sülsen, líder del estudio e investigadora del Conicet en el Iquimefa.

Y añadió: “Estos resultados demuestran que las especies de la familia Asteraceae y sus constituyentes químicos representan fuentes valiosas de nuevas moléculas antivirales. Evaluamos extractos y compuestos obtenidos de plantas de distintos puntos del país. El siguiente paso será purificar los extractos para obtener las moléculas activas que puedan ser útiles para diseñar antivirales contra el virus del dengue. Además, se profundizará en el estudio de los compuestos activos ya identificados”.

Próximos pasos

En función de los resultados que se obtengan en los próximos estudios, el equipo de investigación podrá continuar con la evaluación de las moléculas activas en un modelo animal (ensayos in vivo) y la determinación de parámetros farmacocinéticos.

Sülsen advirtió que, además, se deben realizar ensayos de estabilidad y de formulación, así como ensayos de toxicidad. “Nos interesa probar su capacidad antiviral contra DENV-2 y las otras tres variedades del virus del dengue: DENV-1, DENV-3 y DENV-4. Para encarar ensayos clínicos en humanos, antes se necesita concluir con la investigación preclínica”, sumó.

Por el momento, para quienes contraen dengue no existe un medicamento específico. Las infecciones con el virus dengue afectan a personas de todas las edades y pueden cursar la enfermedad de forma asintomática o provocar desde un cuadro leve a una patología aguda similar a una gripe grave, u ocasionalmente evolucionar a un dengue grave (dengue hemorrágico) que provoca complicaciones que pueden ser mortales.

Tal como indicaron los expertos, más del 50% de los medicamentos disponibles actualmente en el mercado se obtuvieron de fuentes naturales o su diseño se inspiró en la naturaleza, especialmente en el caso de los agentes antitumorales y antiinfecciosos.

En las últimas décadas, la familia de plantas Asteraceae –también denominadas compuestas– ha sido estudiada debido a la gran cantidad y variedad de principios activos de potencial relevancia para la salud humana y la búsqueda de nuevos medicamentos. Sus propiedades medicinales (entre otras, antivirales, antidiabéticas, antitumorales, antinociceptivas, antiinflamatorias, hepatoprotectoras, antiparasitarias, antipalúdicas y cicatrizantes) se atribuyen a la presencia de compuestos bioactivos entre los que destacan polifenoles como los flavonoides y terpenoides.

Asteraceae representa una de las familias de plantas más grandes, que abarca más de 600 géneros y 25.000 especies en todo el mundo. A esta familia pertenecen varias especies muy conocidas, como el girasol, la dalia, la margarita, la lechuga, la achicoria y el coreopsis.

“A la luz de los resultados de nuestro estudio, pensamos que esta familia de plantas puede ser una fuente útil para la búsqueda y desarrollo de antivirales contra el dengue”, concluyó Sülsen.

La Nación

La provincia pone en marcha la Semana de Vacunación en las Américas 2024

Los equipos de salud de la provincia se preparan para una nueva edición de la Semana de Vacunación en las Américas. Se trata de una estrategia regional, propuesta por la Organización Panamericana de la Salud para facilitar el acceso a las vacunas.

Bajo el lema ‘Actúa ahora para proteger tu futuro #Vacunate’, del 20 al 27 de abril se celebrará la 22° Semana Anual de Vacunación en las Américas (SVA) y la 13° Semana Mundial de Inmunización (SMI). Por tal motivo, desde el Ministerio de Salud de Entre Ríos se insta a los establecimientos sanitarios a desarrollar estrategias para sensibilizar a la población sobre la importancia de las vacunas.

En Argentina, cada año la SVA reúne a todas las jurisdicciones en una acción común. En 2023, se administraron 1.147.358 dosis en una semana, y el desafío para este 2024 es superar el número de dosis del año pasado.

De este modo, con esta estrategia se busca captar a aquellas personas no vacunadas y con esquemas incompletos de los grupos: de dos años de edad, ingreso escolar, 11 años, embarazadas y adultos.

También que los menores de cuatro años cuenten con una dosis o dos contando la vacunación de campaña 2022 (sarampión, rubéola, parotiditis y antipoliomielítica) y los mayores de cinco años hasta los 55 años que documenten dos dosis de la vacuna contra el sarampión, doble viral o triple viral.

Al mismo tiempo, en esta Semana se persigue el objetivo de aplicar dosis de refuerzo contra el covid-19 y las vacunas que previenen patologías propias de la época invernal (Virus Sincicial Respiratorio, Neumococo, meningococo, antigripal y otras).

Cabe indicar que todas las vacunas son seguras, gratuitas, eficaces y brindan la protección necesaria para una vida larga y saludable.

En cuanto a cómo saber qué dosis necesitamos, siempre se puede preguntar en el centro de salud más cercano para estar al tanto de las vacunas indicadas según la edad, salud e historial de cada uno, para recibir la aplicación correspondiente y asegurarnos de estar al día.

En esta línea, hay que tener presente que además de las vacunas infantiles, también existen dosis de rutina para adolescentes, embarazadas, adultos y adultos mayores (cada una diseñada para brindar protección contra las enfermedades que más afectan en las diferentes etapas de la vida).

Actividades

Los establecimientos sanitarios de la provincia desarrollarán diferentes actividades para facilitar el acceso y recupero de esquemas. En ese sentido, el hospital Santa Rosa de Chajarí (Departamento Federación) articulará acciones con las escuelas primarias públicas y privadas para que los chicos completen sus carnets de lunes a viernes de 7 a 19.

Al mismo tiempo, la Dirección de Salud de la Municipalidad de dicha localidad también desarrollará instancias de inoculación en los tres jardines municipales, a los que concurren 272 niños entre 1 y 3 años de edad.

En el hospital San José de Federación también se llevarán a cabo iniciativas enmarcadas en esta Semana. El martes 23 se prevé una jornada de vacunación de 9 a 11 en la zona céntrica de la ciudad, en Avenida San Martín y Las Camelias.

Por otro lado, en el Departamento Colón se llevarán a cabo abordajes en terreno con rastrillaje, control de carnet y aplicación de vacunas. Se realizarán jornadas de inoculación en centros comunitarios y plazas. Asimismo, los equipos de salud ofrecerán charlas educativas sobre la importancia de la vacunación, el Calendario Nacional y su relevancia en la prevención de enfermedades, y se inmunizará en zonas rurales ya establecidas.

En tanto desde el hospital Santa Rosa de Villaguay, del 22 al 26 de abril, se extenderá el horario en el vacunatorio del nosocomio, desde las 6.30 a las 20.

En lo que respecta al hospital San Blas de Nogoyá, también se instará a la población a completar esquemas y se realizará difusión masiva en los medios de comunicación y redes sociales.

Por otra parte, el hospital San Martín de Hernandarias (Departamento Paraná) realizará control de carnet y aplicación de vacunas en diferentes instituciones educativas. Como cierre de la Semana de Vacunación en las Américas se llevará a cabo una jornada abierta a la comunidad.

Por último, desde el hospital Delicia Concepción Masvernat de Concordia se realizarán distintas actividades articuladamente con el Nodo Epidemiológico municipal, y el Proyecto Relevar (dependiente de la Secretaría de Desarrollo Humano). Habrá jornadas de vacunación y abordajes en escuelas, geriátricos, y merenderos.

Especialista alertó que «los mosquitos muestran resistencia a los insecticidas»

“El mal uso o sobre uso de los insecticidas y aplicados en momentos en los que no se necesita hace que estas poblaciones de mosquitos empiecen a tener esta resistencia», reveló investigadora del Instituto Malbrán.

El dengue marcó un récord histórico en el país este 2024, el primer año consecutivo en registrarse la epidemia e incluso el mosquito transmisor ya llegó hasta la provincia patagónica de Neuquén. En ese marco, una investigación del Centro Nacional de Diagnóstico e Investigación en Endemoepidemias (CeNDIE), ANLIS Malbrán, detectó que los mosquitos empezaron a mostrar resistencia a los insecticidas.

Según el último boletín epidemiológico del Ministerio de Salud de la Nación, si bien los casos comienzan a bajar en los últimos días, se informó que durante las primeras 13 semanas del año se notificaron 269.678 personas con dengue, de las cuales 252.566 son de este 2024, y un total de 197 personas fallecieron por la enfermedad.

En el CeNDIE, en conjunto con la Red Argentina de la Vigilancia a la Resistencia a plaguicidas, se está llevando a cabo un proyecto de investigación que describe y analiza el estado y distribución geográfica actual de la resistencia a los plaguicidas en poblaciones de Aedes aegypti.

La directora del Centro, Mariana Manteca Acosta, explicó que gracias a este estudio que arrancó en 2019 están advirtiendo a los municipios el impacto del mal uso de los insecticidas e incorporando la visión de que la única solución para controlar al dengue no son los insecticidas, ya que los mosquitos empezaron a mostrar resistencia, y que hay que empezar a pensar estrategias comunitarias para los estados inmaduros que son los que permanecen mucho más tiempo y se conocen como los ciclos de cría.

«Los insecticidas no deberían ser utilizados a gran escala porque los mosquitos también están expuestos a otros insecticidas, como por ejemplo a los del agro, y con el estudio empezamos a detectar que hay grados de resistencia debido a varios factores. Por eso se solicita que solamente se apliquen en los momentos de brote, y no como manera preventiva apenas aparecen los primeros mosquitos, porque el insecticida no es agua», explicó.

Y agregó: «Se entiende que la población pida la fumigación porque es lo que se conoce, pero el mal uso o sobre uso de los insecticidas y aplicados en momentos en los que no se necesita hace que estas poblaciones de mosquitos empiecen a tener esta resistencia y por eso hay lugares del país en donde hay mucha resistencia y otros donde empieza a notarse y en esos lugares el insecticida mata, pero solo a un grupo de la población, no a todos».

La directora del CeNDIE comentó que para ella y su equipo de trabajo, el tema de la prevención del dengue «hay que hacerla desde diferentes abordajes porque no es solo tirar insecticidas, sino que hay que ver la parte socioambiental y también pensar en los territorios. Además, si uno lee los protocolos, no se recomiendan los insecticidas para prevenir. Porque estos matan al mosquito adulto, pero hay que saber en qué momento hacer la fumigación. Algo que nosotros recomendamos es atacar los estados inmaduros que son las larvas y así evitar los potenciales sitios de cría».

Por eso, Manteca Acosta remarcó que lo más importante es ocuparse de los lugares de cría que es donde los mosquitos ponen los huevos, y que en un casa pueden ser varios: «un potencial lugar de cría es cualquier objeto que acumule agua y eso es lo que hay que evitar. Lo que intentamos siempre pensar en el CeNDIE cada vez que vamos a los municipios es que las personas puedan reconocer cuál es el estado inmaduro del mosquito y después buscar con ellas y ellos el lugar donde puede aparecer porque no es solo la botella tirada. Los lugares potenciales son miles y más en las ciudades de Argentina en las que el mosquito se fue adaptando a todo, es bien urbano, y no está en zonas silvestre».

La doctora en Ciencias Biológicas explicó que el trabajo de investigación que están haciendo con los municipios bonaerenses no es solo para informar sobre la resistencia de la especia sino que van con los promotores de salud a identificar los sitios de cría para poder tomar las muestras, luego analizarla y luego pensar con ellos y ellos estrategias de prevención.

«No decimos que estamos en contra de los insecticidas sino que hay que empezar a buscar estrategias en conjunto para que no sea solo el único método, porque estamos yendo a que no lo vamos a poder utilizar más porque no tendrá efecto. Las personas tenemos pensar en abordarlo de diferentes maneras, porque no sólo el mosquito volando es el tema. La fumigación es la más visible más inmediata, pero es fugaz, y los huevos siguen en los lugares donde los depositó el mosquito y en una semana aparecen las larvas», señaló.

Noticias Argentinas

El Gobierno les ordenó a las prepagas que bajen el precio de sus cuotas y puso límites a las futuras subas

La Secretaría de Comercio dictó una resolución que ordena que los incrementos deben retrotraerse y calcularse desde diciembre de 2023 aplicando el Índice de Precios al Consumidor. Las compañía analizan si acatan la decisión.

El Gobierno nacional ordenó hoy que el 75% de las empresas de medicina prepaga bajen el precio de sus cuotas ya que deberán recalcular los aumentos que aplicaron desde diciembre tomando como base para el cálculo el Índice de Precios al Consumidor. Al mismo tiempo, la Superintendencia de Salud presentó una medida cautelar ante la Justicia para que devuelvan dinero a los usuarios.

El ministro de Economía, Luis Caputo, indicó en la red X que las “Prepagas deben retrotraer precios fuertemente de acuerdo al dictamen de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia. Gran trabajo Juan Pazo y Pablo Lavigne en la Secretaria de Comercio, utilizando las herramientas institucionales como corresponde, y por supuesto un gran alivio para la clase media”.

“Por disposición del Ministerio de Economía, un grupo de empresas de medicina prepaga, que representan alrededor del 75% de los afiliados, van a retrotraer el valor de sus cuotas a diciembre de 2023, ajustada a partir de allí por IPC”, anunció el vocero presidencial, Manuel Adorni, en su habitual conferencia de prensa.

El vocero explicó además que las empresas “deberán aplicar como máximo” el IPC “para ajustar las cuotas por los próximos 6 meses”. La medida, explicó Adorni, se tomó a raiz de una denuncia “por presunta cartelización”.

El anuncio se da luego de la fuerta polémica por los exorbitantes incrementos que las compañías aplicaron desde diciembre del año pasado muy por encima de la inflación general.

La medida tomó por sorpresa a las empresas, quienes aseguraron que no participaron de ninguna negociación con el Gobierno y analizan cuál es el camino que podrán tomar. Al respecto, desde el Ejecutivo advirtieron que si bien las compañías pueden apelar, la resolución ya está en vigencia y su aplicación no cesa ante una presentación de ese tipo.

“El Gobierno del presidente Milei no va a convalidar maniobras especulativas bajo ningún punto de vista. La Argentina de la avidada se terminó el 10 de diciembre pasado”, añadió Adorni.

La resolución fue dispuesta por la Secretaría de Industria y Comercio a instancias de la Comisión Nacional de Defensa del Consumidor que “determinó que existen indicios múltiples de un acuerdo colusivo entre las principales empresas de medicina prepaga del país”, según la información oficial.

La decisión establece que el precio de la cuota deberá calcularse respecto del valor del mes de diciembre de 2023 multiplicada por la variación porcentual entre el Índice de Precios al Consumidor nivel general con cobertura nacional elaborado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos vigente al momento de la facturación correspondiente, y el mismo Índice correspondiente a diciembre de 2023.

La medida preventiva, además, ordena “cesar con cualquier tipo de intercambio de información, ya sea en el marco de las reuniones de la Confederación Unión Argentina de Salud (UAS) o cualquier otro ámbito, que implique precios, servicios a proveer, costos y cualquier otra información comercial”.

La decisión del Gobierno se tomó en base a la denuncia que hizo la Coalición Cívica en enero, firmada por los legisladores porteños Hernán Reyes y Juan Facundo Del Gaiso, y por el diputado nacional Maximiliano Ferraro, contra las principales empresas del sector.

“Hay que revisar el IPC de diciembre hasta ahora y ver cuánto es. Consideramos que va a haber una reducción considerable con respecto a lo que se pagó en abril”, dijo Adorni.

Asimismo, el vocero informó que la Superintendencia de Servicios de Salud presentó una medida cautelar para que las empresas de medicina prepaga alcanzadas por la disposición de la Secretaría de Comercio les devuelvan a sus afiliados la diferencia entre los aumentos que aplicaron y los que deben aplicar a partir de la decisión oficial.

“La Superintendencia no controla más los precios, pero sí busca garantizar la libre competencia y la libertad de elegir en beneficio de los argentinos”, resaltó Adorni.

Desde que el Gobierno desregularizó el mercado de medicina prepaga a partir del DNU 70/23, firmado a finales de diciembre pasado, las cuotas de la medicina prepaga sufrieron fuertes incrementos, que provocaron un rechazo casi generalizado de los afiliados.

El conflicto fue creciendo con el correr de las semanas y provocó en las últimas horas la renuncia de Claudio Belocopitt a la presidencia de la Unión Argentina de la Salud, que nuclea a las principales compañías.

Claudio Belocopitt, dueño de Swiss Medical. Foto: Franco Fafasuli

Ayer, tras su renuncia, el dueño de Swiss Medical defendió los aumentos de precios realizados por el sector de la salud privada y aseguró que son acordes a la modificación de la estructura de precios.

“Cuando el Gobierno desreguló los precios, todo el sistema de la medicina prepaga y el resto venía con poderosos atrasos. En diciembre, como consecuencia de la devaluación, los precios tomaron una aceleración realmente impresionante”, reconoció el empresario, en una entrevista con La Nación+.

Precisamente Adorni fue consultado por los dichos del empresario: “Si hicieron todo bien, ¿por qué toma esta postura de irse de la cámara? Más allá de ello, no hay problema, tiene las instancias de apelación correspondiente en el caso de la presentación que va a hacer la Superintendencia de Salud en la Justicia, cómo también en la resolución tomada por el ministerio de Economía, aclarándose que la apelación no suspende la medida”, subrayó.

“Si no hubo cartelización, lo demostrarán y, en tal caso, la Justicia o quienes llevan adelante la investigación en la parte administrativa tomarán el camino que deban tomar. Al haber presunción, hay elementos que así lo determinan. Todo lo demás que pueda decir no nos implica nada”, añadió el vocero.

Una niña de solo 11 años de edad dio a luz en una localidad del sur correntino

El hecho tuvo lugar en horas de la tarde de este pasado domingo, cuando la menor ingresó al hospital de Curuzú Cuatiá, para poco después dar a luz -por cesárea- a un varón de algo más de 3 kilos.

De acuerdo a lo que se informó desde el nosocomio “Dr. Fernando Irastorza”, la niña ingresó a ese nosocomio provincial ya con trabajo de parto. Tras el alumbramiento, se precisó que tanto la madre como el niño se encuentran en buen estado de salud.

Según señaló el sitio Enfoque, como se trata de una menor, cuando se diagnosticó el embarazo desde el hospital se informó a las autoridades judiciales correspondientes, aunque no se brindaron mayores detalles de si hay una causa en trámite, al estar ante un claro caso de abuso sexual infantil.

Fuentes consultadas por ese medio confirmaron que no tienen registro de un caso anterior con una menor a esa edad haya dado a luz en esa ciudad e incluso en la provincia.

Diagnosticaron con dengue al ministro de salud de Entre Ríos

El gobierno provincial a través del Ministerio de Salud, informó que el titular de la cartera, Guillermo Grieve fue diagnosticado con dengue. El ministro se encuentra bajo tratamiento médico.

Cabe señalar que posee un cuadro sintomático típico de la enfermedad y no requirió internación.

El gobierno provincial reitera su compromiso con la salud y el bienestar de todos los entrerrianos, e insta a intensificar las acciones de control del mosquito Aedes Aegypti que, infectado, puede transmitir la enfermedad.

En ese marco, se volvió a hacer hincapié en eliminar los criaderos de mosquitos en domicilios y espacios comunes (tirar, dar vuelta o higienizar con frecuencia los recipientes que acumulan agua, aunque sean pequeños, tanto dentro como fuera de las viviendas); usar tela mosquitera; cepillar bebederos y cambiar el agua diariamente; y usar repelente.

Ante la aparición de signos de alarma (dolor abdominal intenso y continuo; mareos o desmayo; vómitos persistentes; intolerancia a líquidos y alimentos; somnolencia; intranquilidad o irritabilidad; sangrados), es importante acudir al establecimiento sanitario más cercano.

Beba entrerriana necesita un implante para tener una mejor calidad de vida

Una beba concordiense de un año y ocho meses nació prematuramente y lo hizo con un problema auditivo por el cual necesita un implante para poder mejorar su calidad de vida. Conocé el caso.

Carmela tiene un año y ocho meses de edad, es concordiense y entre las secuelas que dejó su nacimiento prematuro tiene un problema auditivo, pero según remarca su mamá, la prepaga a la que está adherida con su familia viene demorando la cobertura de los gastos de un implante coclear, tal como fue recetado por un profesional. En su lugar, la empresa propone una solución con un costo menor en el implante.

Quien decidió relatar la historia para que se haga pública es Gabriela Leites, la mamá de la pequeña paciente, señalando que «Carmela tiene audición en un solo oído y por el izquierdo no escucha«.

En diálogo con Diario Río Uruguay, la mamá mencionó que «fue solicitado un audífono el año pasado, cuando se le detecta la hipoacusia unilateral». Ya en ese momento, «tuvimos bastantes problemas con la prepaga porque costó pero bueno, uno por ahí no conoce los derechos, no conoce los tiempos y demás, entonces uno piensa que está dentro de lo normal», agregó.

 

Implante

Sin embargo, con el correr del tiempo, Gabriela contó que «cuando no tuvo más respuesta con el oído y no le sirvió ya el audífono, en Buenos Aires, un profesional nos solicitó el implante coclear, que es algo que va directamente al cerebro y ya su oído no tiene participación«.

Para ser más ilustrativa, la mujer detalló que «es el aparatito que uno ve por fuera a las personas que tienen hipoacusia y por dentro va un procesador a la cabeza y eso es lo que hace que ella pueda escuchar».

El implante recetado por los médicos «tiene un valor muy elevado, sale 28 mil dólares y para nosotros es un monto imposible de juntar».

 

Complicaciones y gestiones

La mamá detalló que «Carmela necesita escuchar con sus dos oídos y esto la está retrasando en su lenguaje; actualmente tiene uno que corresponde a un bebé de nueve meses».

En ese contexto, empezó su derrotero agotador de gestiones, reclamos, incluso recurriendo a la vía legal. «A mí me costó mucho tomar la decisión de ir por esa vía, porque yo soy empleada de la prepaga, entonces sabía del costo que esto podría llegar a tener para mi situación laboral», puntualizó.

En efecto, Gabriela comentó que «los médicos en Buenos Aires me dijeron: Gabriela, hoy te toca ponerte la camiseta de mamá y sacarte la camiseta de empleada, porque por más que te vayan a dar el premio al mejor empleado, son los derechos de tu hija, que si no peleas vos, no va a pelear nadie», le subrayaron.

Según explicó la entrevistada, la firma «nos tiene a las vueltas, desde el mes de enero que se presentó todo y los plazos apremian porque el cerebro de ellos ahora está muy permeable, está muy blandito, entonces, es el mejor momento y cuanto antes se implanten los chicos es mejor».

La hipoacusia unilteral ha producido que Carmela «se acostumbre a escuchar con un solo oído, esto también le afectó a ella en su caminar y parece increíble pero cuando no tiene el audífono puesto se va para un costado», agregó.

 

La burocracia

Gabriela contó que ya han enviado una carta de documento y presentado un recurso de amparo, «pero aún no tenemos certezas», insistió la mamá. Subrayando que la empresa «quiere poner otro tipo de implante, no el solicitado por el profesional que la trata; sino que es uno más económico».

Con respecto a eso, Gabriela argumentó que «no le podés poner algo que no tenga un buen sonido, porque en vez de ser un beneficio la vamos a estar perjudicando y será más cara la rehabilitación, sin las mejoras en su calidad de vida».

Volviendo a la actualidad del reclamo judicial, aseveró que «la jueza (que interviene) lo que hizo fue solicitarnos a nosotros los presupuestos actualizados, a lo que la empresa apeló, pero la jueza no dio lugar porque contestaron fuera de tiempo, entonces ahora ya estamos esperando a que, si Dios quiere, la semana próxima ya tengamos la sentencia y se iría posiblemente a lo que piden los abogados; que es un embargo».

Para la mujer «es excelente como está actuando en este caso la Justicia y la jueza que lleva adelante el caso, porque ha sido todo muy rápido, justamente teniendo en cuenta la necesidad de Carmela».

Por último, Gabriela mencionó que «en la empresa actualmente estoy de licencia psiquiátrica». Con respecto a su futuro laboral, dijo: «veremos qué pasa el día que yo vuelva, me queda muy poquito tiempo para tener que reincorporarme, porque por ley es un año» para este tipo de licencia que hoy tiene.

En ese contexto, lamentó que a «en el trabajo como que se enojaron conmigo, por la medida que yo tomé y no tuvieron en cuenta que a mí lo que me apuraban eran los tiempos de mi hija y no fue nada contra mis compañeros de trabajo».

La situación tirante e insólita incluyó «hasta que me eliminaran de los dos grupos de Whatsapp, de la comunicación interna que teníamos y nadie se ha contactado conmigo para saber por qué motivos me eliminaron», finalizó. Elonce

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