El organismo prohibió un purificador Hidrolit y el insecticida “Asesino X”. Las medidas alcanzaron su comercialización en todo el país por irregularidades sanitarias detectadas.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió en todo el territorio nacional la comercialización de un purificador de agua Hidrolit Romi 100 y del insecticida “Asesino X”, tras detectar irregularidades vinculadas con los registros sanitarios correspondientes.
Las decisiones fueron formalizadas mediante dos disposiciones publicadas este viernes 7 de agosto en el Boletín Oficial. Aunque se trata de expedientes diferentes, en ambos casos el organismo estableció restricciones nacionales sobre productos que podían llegar directamente a consumidores.
En el caso del equipo para tratamiento de agua, la medida también alcanzó expresamente su comercialización a través de plataformas de venta electrónica. Las prohibiciones se mantendrán hasta que los productos regularicen su situación ante la autoridad sanitaria.
Qué purificador de agua prohibió ANMAT
A través de la Disposición 4932/2026, ANMAT prohibió el uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional y en plataformas de venta electrónica de todos los lotes del producto “Dispositivo de acondicionamiento de agua, Osmosis inversa, Hidrolit Romi 100”, vinculado a la firma Agua Pureza Soluciones Hídricas SRL.
La decisión se adoptó luego de las actuaciones realizadas por el organismo sobre el dispositivo destinado al acondicionamiento del agua. La restricción permanecerá vigente hasta que el producto obtenga el registro sanitario correspondiente.
Además de disponer la prohibición, ANMAT ordenó iniciar un sumario sanitario contra Agua Pureza Soluciones Hídricas SRL y contra quien ejerza su dirección técnica, por los presuntos incumplimientos a la normativa sanitaria.
La medida sobre el insecticida “Asesino X”
Por otra parte, mediante otra disposición, el organismo sanitario prohibió todos los lotes del producto denominado “Asesino X”, un concentrado insecticida que se encontraba en el mercado sin el registro correspondiente ante ANMAT.
En este caso, la prohibición comprendió el uso, comercialización, publicidad y distribución del producto en todo el territorio nacional hasta que se regularice su situación.
La medida implica que el insecticida alcanzado por la disposición no podrá continuar dentro del circuito comercial mientras permanezca vigente la restricción. La prohibición se circunscribe específicamente al producto identificado por ANMAT y no comprende de manera general a otros insecticidas autorizados.
Las prohibiciones rigen en todo el país
Las dos disposiciones tienen alcance nacional y, por lo tanto, también rigen para productos que pudieran encontrarse comercializados en Entre Ríos, ya sea en establecimientos físicos o, en los casos contemplados por la normativa, mediante plataformas digitales.
Las medidas fueron publicadas en el Boletín Oficial y permanecerán vigentes hasta que se cumplan las condiciones establecidas por el organismo para regularizar la situación de los artículos involucrados.















