miércoles 27 mayo 2026

La Justicia hizo lugar a un amparo y ordenó a OSER cubrir la continuidad escolar de una niña con discapacidad

De acuerdo a la resolución judicial, OSER deberá garantizar de manera inmediata, continua y efectiva la cobertura de la prestación educativa correspondiente al ciclo lectivo 2026, bajo la modalidad de pago directo al establecimiento, evitando así el sistema de reintegros.

Según surge del fallo, la obra social había condicionado la autorización de la cobertura a la presentación de una “habilitación de escuela especial”, pese a que la menor asiste a una institución de modalidad común bajo un proyecto de inclusión escolar.

En la sentencia, el  juez del Trabajo Nº 2, Ricardo Agustín Larocca, consideró que la exigencia impuesta por la obra social resultaba “ilegítima, irrazonable y abusiva”, al señalar que la normativa vigente promueve la integración de niños con discapacidad dentro del sistema educativo común cuando ello resulta posible e indicado.

Asimismo, se valoró especialmente la necesidad de preservar la continuidad pedagógica, el arraigo escolar y los vínculos ya desarrollados por la menor dentro de la institución educativa, remarcando que un cambio de establecimiento podría afectar su desarrollo e inserción social.

El fallo también tuvo en cuenta el informe del médico forense, quien sostuvo que la prestación educativa requerida debía mantenerse “sin discontinuidad” para favorecer el desarrollo escolar y social de la niña.

Finalmente, la resolución recordó que el derecho a la salud, a la educación inclusiva y a la protección integral de niños y niñas con discapacidad se encuentra garantizado por normas constitucionales, tratados internacionales y la Ley Nacional de Discapacidad.

Radio: 102.5 FM | TV: Canales 52 & 507 | LRM774 Génesis Multimedia ((HD Radio & TV))