«Contratos truchos» en la legislatura entrerriana: otorgaron la probation a 8 imputados

La jueza de Garantías Marina Barbagelata homologó este martes el acuerdo entre el Ministerio Público Fiscal y las defensas de 8 de los imptutados en la causa Contratos Truchos de la legislatura. Respecto a otros 3 imputados la resolución quedó pendiente porque no se hicieron presentes en el salón 12 de los tribunales de Paraná.

Los imputados María Victoria Álvarez, Verónica Caíno, Alejandro Rubén Ferreyra, María Macarena Álvarez, Fernando Gastón Sarnaglia, Andrea Demartín, Nicolás Beber y Renato Jesús Mansilla deberán cumplir con tareas comunitarias durante el período de 3 años (96 horas anuales), fijar domicilio y hacer un pago simbólico de la reparación del daño.

Respecto a Jorge Pablo Balladares, María Jazmín y Giselle Mena Gioveni, ninguno se hizo presente y su situación deberá resolverse rápidamente antes del martes próximo o de lo contrario se tratará al final de las audiencias de remisión a juicio a finales de este año. El abogado defensor José Velázquez adujo problemas de logística pero el argumento fue rechazado por Babagelata ya que en la audiencia preliminar se había establecido que la Oficina de Gestión de Audiencias (OGA) fije una audiencia para discutir esto antes del inicio de la remisión a juicio. La presencia de los imputados es condición necesaria porque deben prestar el acuerdo a la salida alternativa de la probation.

Así las cosas, el Estado recuperaría $19.585.000 cuando los 8 imputados cumplan con el pago en la cuenta bancaria del Gobierno Provincial. Tienen un plazo de dos años y medio para poder hacerlo en la forma de pago que deseen. En el caso de que la jueza homologue la probation de los otros 3 imputados, la suma asciende a $23.335.000.

En sintonía con la audiencia en donde se puso en conocimiento el acuerdo de la probation que permite el recupero de más de $23.000.000 -pago simbólico de un puñado de los imputados- el gobierno provincial anunció en conferencia de prensa la nulidad de los contratos vinculados a la causa para «gestionar el recupero del dinero».

 

Los pagos que debe hacer cada imputado

  • Nicolás Beber $4.000.000
  • Verónica Caíno $5.000.000
  • Gastón Sarnaglia $1.800.000
  • Jorge Balladares $1.500.000*
  • Jazmín Mena Gioveni $1.500.000*
  • Alejandro Ferreyra $1.096.000
  • Victoria Alvarez $785.000
  • Giselle Mena Gioveni $750.000*
  • Macarena Alvarez $590.000
  • Andrea Demartín $850.000
  • Renato Jesús Mansilla $5.464.000
* El pago del monto está sujeto a que se homologue el acuerdo de estos imputados

Según explicaron desde el MPF los montos “no fueron arbitrarios” sino que se basaron en un criterio que tuvo en cuenta el 10% de la suma que, según el hecho investigado, cada imputado recaudó mediante el cobro de cheques de los contratos y que a ese valor se lo actualizó a un valor promedio del dólar en $20. Además, se tuvo en cuenta la capacidad de económica de cada uno de los imputados incluidos en el acuerdo. Eso explica la diferencia de pago que deberá hacer cada uno.

Los imputados que acordaron probation y sus respectivas defensas

 

Los motivos del acuerdo

Fue el fiscal Ignacio Aramberry quien tomó la palabra para presentar el acuerdo entre las partes y explicó por qué desde el MPF se decidió avanzar con esta medida alternativa que evite el juicio oral para estos imputados. Cabe aclarar que el acuerdo alcanzaba incluso a los tres imputados que no se hicieron presentes en tribunales.

El fiscal explicó que los imputados con los que se llegó a un acuerdo tenían una expectativa de pena de prisión condicional por los delitos de Peculado en condición de partícipes necesarios relacionados materialmente con el delito de Asociación Ilícita. En el caso de Beber y Mansilla la expectativa de pena era de 5 años, mientras que para el resto era de 3 años de prisión condicional.

Además, Aramberry explicó que el MPF no considera que estos imputados hayan sido funcionarios públicos al momento de cometer el ilícito ya que a pesar de haber estado contratados por el Poder Legislativo, esos contratos no tenían validez y ellos nunca cumplieron funciones en el Estado. “Siempre su participación estuvo por fuera de lo público”, expresó el fiscal.

Todos estaban contratados por la Legislatura sin que se haya probado que presten algún servicio u obra para el Estado. Además, todos cobraron cheques que pertenecían a otros contratados, es decir formaban parte del grupo de confianza que recaudaba parte del dinero para los responsables máximos del grupo delictivo.

“Su intervención está reducida a un fragmento del hecho global y siempre se mantuvo en el ámbito de lo privado. Esto es diferente a otros imputados que tienen una expectativa de pena mayor porque su intervención es trasversal a todo el hecho”, agregó Aramberry.

Durante la investigación quedó corroborado que el vínculo de dos de los imputados era a través del estudio contable Integral Asesoría que era comandado por otros imputados de mayor responsabilidad: Pedro Opromolla, Guido Krapp y Gustavo Falco. “Según nuestra hipótesis -continuó Aramberry- el estudio fue requerido a los fines de regular la situación impositiva ante los organismos recaudadores. En ese sentido, las profesiones que poseen los imputados Beber y Mansilla, no son económicas, características parecidas a las del resto de los imputados con los qeu llegamos a un acuerdo”.

Además, es condición necesaria para que se disponga una probation que ninguno de los acusados tenga antecedentes penales ni cometa ningún delito durante el cumplimiento del acuerdo.

Fiscalía de Estado, cuya representación está a cargo del exjuez Gustavo Acosta, prestó conformidad al acuerdo de suspensión de juicio a prueba e hizo una reserva respecto al recupero total de los fondos a través de otra vía.

 

¿Qué es la probation o suspensión del juicio a prueba?

Se trata de una medida alternativa al avance y realización de un juicio contra un imputado. Se puede hacer cuando la expectativa de pena no excede el límite del cumplimiento condicional, cuando el imputado no es un funcionario público ni tuvo antecedentes penales.

El acusado debe comprometerse a realizar una serie de tareas comunitarias no remunerativas por un plazo estimado y el pago del resarcimiento del daño.

Una vez que cumple su parte del acuerdo, el imputado queda sobreseído de culpa y cargo en el expediente. Es decir, la acusación se cae y no queda registro en el certificado de antecedentes penales.

En caso de que el imputado no cumpla con lo acordado o cometa otro delito su situación procesal vuelve al momento del acuerdo de suspensión y deberá afrontar el proceso correspondiente. Con el adicional que en los casos de que haya cometido un nuevo delito, ya no tiene el derecho de que la prisión sea condicional más allá de los años a los que sea condenado.

Análisis

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