En la apertura del jury por mal desempeño y violencia laboral al titular del Juzgado del Trabajo N° 1 de Concepción del Uruguay, Eduardo Elías Flores, el Procurador Jorge Amílcar García volvió a plantear su posición crítica respecto de la ley que regula el proceso, N° 9.283, y tomó distancia, una vez más, del mandato de ley al Ministerio Público Fiscal, «obligado» a acusar.
La reserva ya la había hecho García en el jury al juez de Ejecución de Penas de Gualeguaychú, Carlos Alfredo Rossi, en 2018, finalmente sobreseido. Lo repitió este martes, en la apertura del jury al juez Flores. Aquella vez dijo que aún cuando la Constitución ordena un modo de integración del Jurado de Enjuiciamiento, este órgano se guía, en realidad, por una ley anterior, la N° 9.283 por cuanto el texto reformado de la Carta Magna no ha sido reglamentado. Esa integración, dice García, “no ha sido cuestionada por la Defensa ni por V.H., por lo que entendemos que se ha convalidado la integración de la ley 9283″.
«Sí, en cambio, genera rispidez interpretativa la obligación legal de acusación establecida en el ya referido artículo 27 de la ley, cuando el Tribunal hubiese, -como en el caso de marras-, decidido que se lleve adelante el Jury al Magistrado o Funcionario, frente a las disposiciones Constitucionales sobre la estructura y normas potestativas del Ministerio Público Fiscal, a cuyo titular se encarga la tarea de acusación eventual, rol que se mantiene en la nueva ley de Ministerio Público 10.407″, dice García, lo que en buen romance supone que aún cuando el Procurador tenga la “obligación” de acusar, rige la “autonomía” del Ministerio Público Fiscal, por lo cual aquella “orden” no tendría razón de ser.
Reiteró el Procurador en el jury al juez laboral uruguayense esa posición: que la obligación de acusar del Ministerio Público Fical debe interpretarse como habilitar la apertura del proceso y no «entorpecer».
«Esa obligación no implica adelanto de juicio ni obligación de mantener esta postura acusatoria al final del debate», subrayó.
El abogado Miguel Cullen, que junto a Patricia Valin, ejerce la defensa del juez acusado, descreditó los testimonios de los abogados que acusan a Flores y también de la secretaria del Juzgado Laboral que denunció violencia. “La Constitución no puede ser banalizada porque costó mucha sangre a los argentinos”, argumento.
Cullen pidió al tribunal que “se respete el derecho de defensa de Flores y que se escuche atentamente la prueba”. Y agregó: “Cada palabra que se dijo al momento del descargo va a ser ratificada por las testimoniales”.
Dijo el letrado que no hay prueba suficiente de la acusación, y que se trata solo de dos letrados que no estuvieron conformes con sentencias emitidas por el magistrado. “¿Qué posibilidades ciertas tenemos de que el valor justicia realmente se aplique en los tribunales entrerrianos si, a partir de este precedente, en el caso de que este tribunal desoiga la prueba contundente respecto de la honorabilidad, la capacidad y la validez de los fallos de Flores, decida apertura de jury a partir de la denuncia un letrado enojado porque el juez le ha fallado en contra?”, se preguntó.
Cullen, que ejerció la defensa del juez Rossi, también sometido a jury, dijo que aquella vez “primó el Derecho, se lo absolvió. Espero que ahora suceda lo mismo”.
Respecto de la denuncia por violencia de una funcionaria del Juzgado Laboral dijo que en realidad fue una reacción a una exigencia para que cumpla con su función. “¿Qué suerte van a tener los tribunales si ante la exigencia para que se cumpla con una disposición la respuesta es la ofensa y el encolumnarse detrás de una posición de víctima de violencia o maltrato laboral?”, planteó
Al final, dejó abiertos varios interrogantes: el principal, los vínculos económicos entre la denunciante y el denunciado.
La acusación
Flores, oriundo de La Paz, lleva varios años en el Poder Judicial: estuvo en los tribunales de Paraná y desde 2017 está a cargo del Juzgado Laboral Nº 2, de Concepción del Uruguay.
La acusación más dura proviene de la abogada María Natalia Bordin, contra quien –aseveran los denunciantes- el juez “ha emprendido una cerril, ilegal, ilegítima y hasta patológica persecución y sistemático plan de denigración y desgaste, a quien no bastó con sus acosos laborales para obligarla a renunciar a su cargo de Secretaria Letrada interina, sino también a su propio cargo titularizado de Oficial Principal, sin perjuicio de que en la actualidad, aunque parezca inverosímil y desopilante, le ha prohibido su ingreso físico al juzgado, lo que no sólo la mortifica y discrimina de modo alevoso e impropio, sino que además le impide el libre ejercicio de su profesión de letrada del foro, habiendo el denunciado, de modo artero, falaz y miserable, efectuado una denuncia penal contra ella, aduciendo que lo habría amenazado, a lo que adicionan que este último hecho suma un suceso singular como lo es que el propio juez resulta sujeto activo del delito de falsa denuncia”.
El primer voto correspondió al jurado Daniel Omar Carubia, vocal de la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ), quien sostuvo que “emerge evidente que el proceder del magistrado denunciado en la ocasión exhibe ostensible suficiencia de los elementos de convicción colectados en esta causa para demostrar prima facie que las conductas denunciadas evidencian idoneidad para configurar una razonable probabilidad de incursión, por parte del señor Juez Laboral N° 1 de la ciudad de Concepción del Uruguay, Dr. Eduardo Elías Flores, en las concretas causas de enjuiciamiento (…), atribuidas por los denunciantes, consistentes en actos de violencia laboral y de género respecto de la Dra. María Natalia Bordín, quien desempeñara la función de Secretaria del Juzgado del Trabajo N° 1 de Concepción del Uruguay a cargo del denunciado, y concreto mal desempeño de sus funciones a través de decisiones adoptadas en causas judiciales en contra de los intereses de los pupilos procesales de los denunciantes, Dres. Ángel Amadeo Fernández y Matías Exequiel Melgares, y contra ellos mismos; resultando ello eficaz para sustentar la formación de causa contra el denunciado en las presentes actuaciones, todo lo cual emana de un examen puntual de la denuncia formulada contra el Dr. Eduardo E. Flores y de los diversos elementos colectados en estas actuaciones; por consiguiente, al surgir del análisis efectuado mérito suficiente para demostrar en grado de probabilidad la existencia de las causas previstas en las normas citadas y que fueran invocadas en autos por los denunciantes, corresponde formar causa de enjuiciamiento contra el magistrado aquí denunciado”.
Además, dijo Carubia, “y de conformidad a la gravedad y mérito de la acusación, así como el evidente riesgo de obstrucción de la producción de pruebas esenciales para la elucidación de los hechos en caso de continuar el magistrado denunciado en funciones ejerciendo la titularidad del Juzgado a su cargo, propicio se proceda a la suspensión del mismo en su cargo durante el trámite de este enjuiciamiento, lo cual, además, ha sido recurrentemente el temperamento de este Honorable Jurado”.
El senador Armando Gay (Frente Creer) coincidió con el planteo de Carubia y sostuvo que “existen elementos suficientes, en el entendimiento de que las conductas reprochadas al funcionario denunciado exhiben, prima facie, la entidad suficiente como para formar causa en su contra”.
En el mismo sentido se pronunció Luis Leissa, representante del Colegio de la Abogacía de Entre Ríos en el Jurado de Enjuiciamiento.
El diputado provincial Gustavo Zavallo (Frente Creer) concluyó que “resulta pertinente y necesaria” la intervención del Jurado de Enjuiciamiento y la “inmediata suspensión” del juez en su función.
En forma simple, el juez Leonardo Portela, vocal de la Sala Civil y Comercial del STJ, adhirió al voto de Carubia
Verónica Mulone, presidenta del Jurado de Enjuiciamiento, representante del Colegio de la Abogacía, aseveró que en razón “de los argumentos expuestos entiendo que corresponde la formación de causa” y también la suspensión en su cargo del juez Flores.
La jueza Gisela Schumacher, vocal de la Sala Civil y Comercial del STJ, acompañó el voto de Carubia.
De ese modo, el Jurado no atendió los argumentos puestos en su defensa por el juez Flores a través de sus abogados, Miguel Cullen y Patricia Valin, que propiciaron desestimar la presentación y enviarla al archivo.
Qué dice la denuncia
En la presentación ante el Jurado de Enjuiciamiento, los denunciantes sostuvieron que el juez Flores llevó a cabo “deleznables actos de abuso y desviación de poder, acoso laboral y violencia de género, alguno de los cuales podrían haberse motivado en aras de beneficiar a terceros o al propio juez, con estímulos que son absolutamente extraños y ajenos a su función”.
Por ello, pidieron que se abra el proceso de enjuiciamiento, se lo suspenda en el cargo y, finalmente, sea removido. El proceso está previsto en la Ley de Enjuiciamiento Provincial N° 9283.
“La verdad sea dicha sin ambages por la inusitada gravedad institucional que suscita, creemos que es la primera vez en la larga historia judicial entrerriana, que un juez castiga a letrados litigantes del foro y a propios empleados de su juzgado, cuando sus caprichos e intereses absolutamente personales (no funcionales ni ligados a sus específicas tareas) no encuentran eco favorable o, derechamente cuando se inclina a tomar partido de modo extra legal por los postulados de algunas de las partes, colisionando su comportamiento con el inexcusable deber de objetividad e imparcialidad al que está inexcusablemente obligado por manda legal y constitucional”, señaló la denuncia.
Y agregaron que “todo ello ha generado un clima de tensión extrema, caracterizado por el miedo de muchos y muchas personas a perder el empleo o colegas que temen represalias del juez denunciado, que luego incidirán negativamente en los intereses de sus clientes”.
Entre las denuncias destaca el relato de Natalia Bordón, quien debió renunciar a su cargo como Secretaria Letrada interina en el juzgado de Flores, ya que, sostuvo, sufrió una persecución constante, que la llevó al desgaste.
Se resaltó que en este caso el juez “ha emprendido una cerril, ilegal, ilegítima y hasta patológica persecución y sistemático plan de denigración y desgaste, a quien no bastó con sus acosos laborales obligarla a renunciar a su cargo de Secretaria Letrada interina, sino también- desgastada y desahuciada- a su propio cargo titularizado de Oficial Principal, sino que en la actualidad, aunque parezca inverosímil y desopilante, le ha impedido su ingreso al juzgado, lo que no sólo la mortifica y discrimina de modo alevoso, sino que además le impide el libre ejercicio de su profesión de letrada del foro, habiendo el denunciado, de modo artero, falaz y miserable, efectuado una denuncia penal contra la colega denunciante, aduciendo como que ella lo habría amenazado”.
Otros de los denunciantes son los abogados Matías Melgares y Ángel Fernández, quienes manifestaron inconductas del juez en dos causas. En un caso, indicaron que los acusó “de haber intentado acometer fraude procesal, con toda la carga criminosa y de desdoro jurisdiccional que ello implica”.
En la segunda causa, señalaron que el juez Flores “habría encubierto la comisión de posibles delitos de acción pública como lo son el falso testimonio y la falsificación de instrumento privado, también con la insana intención de perjudicar los intereses de nuestro representado”.
También se resalta que en el jury se convocará a una abogada, apoderada de la empresa Tres Arroyos, para que brinde su testimonio sobre la conducta irregular del juez. Se menciona que el magistrado le pidió a dicha abogada que contrate a su esposa para trabajos simples, pero que el contrato sea firmado por otra abogada, socia de aquella, con el fin de que “él (Flores) no tuviera que excusarse en las causas que llevaba adelante la Dra. X en su juzgado”.
Los denunciantes explicaron que se trató de “un mecanismo o valladar que impidiera futuras excusaciones de su parte o recusaciones de parte de colegas que conocieran de que la esposa del Juez Flores laboraba en el estudio de la Dra. X, que al ser la apoderada de la reconocida empresa Granja Tres Arroyos, tramita un importante volumen de pleitos laborales, muchos de ellos en el Juzgado Laboral Nº 1 de titularidad del Dr. Eduardo Flores”.
Entre Ríos Ahora