Héctor Nicolás Bonnet (alias Nico) tiene 25 años de edad y contaba con antecedentes penales computables. Así y todo, no cambió su forma de vida y cometió cuatro nuevos asaltos a mano armada y un arrebato en menos de 10 días, a lo que sumó la tenencia de una moto robada, que lo llevaron a estar nuevamente procesado y en las últimas horas se lo condenó a una pena efectiva en lo que fue un juicio abreviado.

Este peligroso delincuente fue imputado por la fiscal N° 1, doctora María Occhi, siendo representado por la defensora oficial, doctora Alejandrina Liliana Herrero.

Según se pudo constatar, Bonnet fue acusado de seis nuevos delitos detallados a continuación:

Primero (legajo N° 6287/21): Que en  fecha 30 de noviembre de 2021 siendo aproximadamente las 17:25 horas sorprendió a una joven que se conducía en forma peatonal por calle 10 del Norte, entre Carosini y Millán, donde le arrebató un celular Samsung para luego escapar, siendo perseguido por la víctima quien pudo observar que ingresó en el domicilio de calle 11 del Norte Nº 1014.

El segundo (legajo N° 6363/21): ocurrió el 5 de diciembre de 2021 cerca de las 2 de la madrugada, cuando entró a la Heladería Grido ubicada en Santa Teresita y Díaz Vélez, intimidando  con un arma de fuego a los cuatro empleados a los que les exigió que le entreguen el dinero y los teléfono celulares apoderándose de unos 6.000 pesos, para luego escapar.

Tercero (legajo N° 6410/21): Por otra parte, en horas de la tarde del 8 de diciembre de 2021, ingresó al «Kiosco 24 horas» ubicado en Ricardo Balbín 1841, donde amenazó a la empleada con un arma de fuego, llevándose en ese momento unos 11.000 pesos.

El cuarto (legajo N° 6463/21): Solo 24 horas más tarde Bonnet (que iba en moto) sorprendió a un joven que caminando por calle Delio Panizza casi intersección con calle La Rural y sin bajarse del rodado lo apuntó con un revólver para así robarle el celular y escapar.

Como quinto (legajo N° 6465/21): Bonnet el 9 de diciembre de 2021, también en horas de la tarde y usando una moto, sorprendió a una joven que circulando en su bicicleta por calle Suipacha, frente al Batallón del Ejército y sin bajarse de su rodado la apuntó con el revólver de color gris y se apoderó del celular de la víctima.

Para finalizar como sexto (legajo N° 6449/21): Bonnet fue sorprendido el 10 de diciembre de 2021 en el allanamiento a su domicilio, donde se halló una moto que sería la usada en los atracos, la cual tenía pedido de secuestro por haber sido robada el día anterior.

Tales conductas, señaló la fiscal, encuadran en los delitos de “Robo simple” -hecho nominado como primero-, “Robo agravado por el uso de arma de fuego cuya aptitud para el disparo no ha podido acreditarse reiterado” -hechos nominados como segundo, tercero, cuarto y quinto- y “Encubrimiento por receptación de cosa de procedencia sospechosa -hecho nominado como sexto-, que concurren realmente entre sí.

Con todos estos cargos en su contra y un cúmulo de pruebas, la Fiscalía consideró que estaba probada la responsabilidad y podía llevar a juicio, pero finalmente se llegó a un acuerdo con la Defensa Oficial y el reconocimiento de Héctor Nicolás Bonnet, sobre su responsabilidad, por lo que las partes acordaron una pena de 8 años de prisión efectiva y la declaración de reincidente, al tiempo que pidieron se mantenga la prisión preventiva hasta que adquiera firmeza la sentencia.

Oídas las partes, una vez analizada la presentación y confirmado que se estaba en condiciones de dar curso al pedido, la jueza de Garantías N| 1, doctora Melisa María Ríos, resolvió condenar a  Héctor Nicolás Bonnet, como autor materialmente responsable de los delitos mencionados en el acuerdo, a la pena de ocho años de prisión de cumplimiento efectivo, con más las accesorias legales previstas en el art. 12 del Cód. Penal y la declaración de reincidencia (art. 50 del Cód. Penal), prorrogando la prisión preventiva del condenado, hasta tanto adquiera firmeza la sentencia y mantener el alojamiento de este en Unidad Penal N° 2 de la ciudad de Gualeguaychú, a disposición de este Juzgado de Garantías y a disponibilidad de las partes.

Crédito: 03442

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