La Justicia dispuso la prisión preventiva para Sergio José Arrua, (a) «Tuki» (18), acusado del crimen de Franco Bassini (24), a quien le quitó la vida de una artera puñalada en la ingle el pasado domingo 19 de diciembre, en las primeras horas de la mañana.

Fue en audiencia realizada este jueves en la OGA, ante el juez de Garantías, doctor Gustavo Díaz, donde se presentó la fiscal Gabriela Seró responsable de la IPP, encontrándose presente el imputado y su nuevo defensor, el doctor Pablo Sotelo.

Quien hizo uso de la palabra en primer lugar, fue la representante del Ministerio Público Fiscal, explicando que el domingo 19, aproximadamente a las 7:30, Franco Bassini caminaba rumbo a su domicilio por calle Mitre, cuando llegó a la intersección con calle Hernández,  donde fue increpado por Arrua, que lo increpó preguntándole porque lo miraba pesado, instante en el cual Bassini le contestó que no quería tener problemas, pero Arrúa extrajo un cuchillo tipo carnicero de entre sus ropas de unos 30 centímetros de hoja y lo corrió.

Fue en ese  momento que Bassini cayó al suelo y Arrua le asestó dos puñaladas produciendo lesión en región glútea derecha y una segunda lesión transfixiante en vena femoral común, que le terminó causando la muerte mientras era operado en el hospital J.J. de Urquiza, donde fue llevado de urgencia, hecho que quedó encuadrado en “Homicidio simple”.

La fiscal realizó un notorio informe sobre los testimonios de vecinos y otros jóvenes que vieron el suceso y los momentos posteriores al mismo, testimonios que sorprendían y que resultaban contundentes para sostener la acusación contra “Tuki”, a lo que se suma un video de cámaras de seguridad en el cual se ve todo el lamentable incidente en detalle, prueba más que contundente para la parte acusadora.

 

CRUDOS TESTIMONIOS

Los relatos de la fiscal no dejaban de sorprender, ya que refiriéndose a las declaraciones de los testigos, dejaban reflejada la frialdad con la que Arrua actuó durante y después de apuñalar a Bassini, demostrando el desprecio hacia la vida, hecho en el cual insistió la doctora Seró, que además resaltó el aprecio que todos le tenían en el barrio al chico asesinado.

 

DEFENSOR PABLO SOTELO

Seró dijo que las evidencias colectadas permiten acreditar la materialidad, así como la autoría del hecho, describiendo el derrotero realizado por la víctima, y las circunstancias que rodean el hecho, como ser botellas en gran cantidad en calle Hernández y Mitre, donde una testigo dijo que pasó por esa esquina, minutos antes del hecho, y vio a 4 o 5 masculinos bebiendo bebidas alcohólicas, recordando que luego se encuentra con otro vecino que salió al escuchar gritos y vio a la víctima ensangrentada, observando a los jóvenes que estaban en la esquina cuando se fugaban del lugar.

Tambien se suman los relatos de la abuela de la víctima y se relevan cámaras de seguridad, con una de ellas plasmando el hecho en su totalidad, relatando lo registrado -dando detalles-, y hasta allí no estaba identificado, vestía una camiseta con el 7 de la Juventus, una bermuda y zapatillas blancas, y los vecinos se presentaban de manera espontánea a brindar datos porque era muy querida la víctima, agregando que el agresor no era del barrio, pero que frecuentaba a algunas personas.

Otros testimonios fundamentales fueron los de tres hermanos (dos de ellos menores) que contaron que ahí comenzó la pelea, y que cuando Arrua vuelve, lo primero que dice a los conocidos, «che, vamos al río», demostrando su desprecio por la vida humana, y le preguntaron qué paso, a lo que el asesino respondió «como me pateó cuando se cayó, lo pinché», destacando que más tarde (10 horas) el imputado luego, subió una foto en su Facebook, cuando la víctima ya había fallecido, y se lo observa con la misma camiseta, la misma bermuda, las mismas zapatillas, y una jarra de vino con una frase «que la cuenten como quieran».

La fiscal resaltó que el motivo del ataque fue nada más que una mirada, ya que todos explican que todo comienza con el grito de «qué miras?», dando detalles de lo aportado por la abuela de la víctima, que efectúa un relato similar al de los demás testigos, que detalla, de otro menor con amigos y conocidos que estaban en la esquina tomando.

La doctora Seró resaltó la existencia de riesgos procesales, destacando que la mayoría de los testigos son menores de edad y han manifestado temor, al tiempo que se está ante un hecho muy grave con escala penal de 8 a 20 años, deben colectarse más evidencias, desgrabación, análisis de sangre y orina al imputado, declaraciones en Fiscalía y reconocimiento en rueda de personas, entre otras cosas, por lo que pidió 90 días de prisión preventiva.

A su turno, el defensor dijo que no se oponía a la Prisión Preventiva, pero sí a la modalidad pide 349 del CPP, es prisión domiciliaria en vivienda de su en B°150 Viviendas, solicitando tener en cuenta garantías procesales, de principio de inocencia y ultima ratio.

El defensor recordó que hay que tener en cuenta que la Policía lo encontró en su domicilio, y lo arrestaron ahí sin oponer resistencia, allanando el domicilio, donde enccontraron prendas de vestir, que concuerda con lo visto en los videos, más allá de que lavó la ropa, y la vestía desde el día anterior, no hay actitud de entorpecimiento ni fuga.

Sotelo señaló que no hay riesgos respecto a la evidencia, y sobre los demás testigos, agregando que la medida solicitada no es proporcional ni idónea, ofreciendo la morigeración del art. 349 y dispositivo electrónico.

La Fiscalía, dijo que Tuki estaba escondido en la casa de la hermana, y el padrastro de Franco lo fue a buscar, y lo quiso pelear porque seguía con la faca en su poder, ante familiares de la víctima, y sobre que no estaba fundado el temor, resaltó que es un homicidio a sangre fría, es un desprecio total y absoluto, y es suficiente para influir en subjetividad de los testigos.

Oídas las partes, el doctor Gustavo Díaz, resolvió disponer la prisión preventiva del imputado Sergio José Arrua, (a) «Tuki», en orden al delito de “Homicidio simple” (Art. 79 del Código Penal), que le ha sido atribuido en calidad de Autor (art. 45 del C.Penal) por el término de 90 días, cumpliendo los primeros 30 en Comisaría Primera y luego será trasladado a una unidad carcelaria.

Crédito: 03442

Radio: 102.5 FM | TV: Canales 52 & 507 | LRM774 Génesis Multimedia ((HD Radio & TV))