Días pasados en la OGA de Concepción del Uruguay, ante el juez de Garantías Nº 2, doctor Gustavo Díaz, se resolvió la prisión preventiva para un sujeto a que se lo acusa de amenazar y agredir físicamente a su expareja.

Se trata de EFF de 22 años de edad, quien es representado por la defensora oficial, doctora Valeria Irel, en causa que lleva adelante el fiscal auxiliar N° 2 -Dr. Juan Pablo Mariano Gile.

El fiscal señaló en audiencia que EFF concurrió al domicilio de su ex en el Barrio Cantera 25, el rompiendo para acceder una la vivienda, amenazándola con que la iba a matar.

Por otra parte, posteriormente, fue nuevamente al domicilio de su expareja, donde ingresó al mismo pateando la puerta de acceso, sin el consentimiento de su moradora, y una vez allí comenzó a agredirla verbal y físicamente, llegando a tirarle agua caliente de un termo, provocándole «quemadura de piel grado A en región pectoral izquierda y cuando la víctima logró dar aviso a la Policía, el violento joven se alejó del lugar arrojando piedras hacia la vivienda, profiriendo distintos insultos y manifestándole a su expareja que le prendería fuego la casa.

Tales conductas, para la Fiscalía encuadran en los delitos de “Violación de domicilio lesiones leves dolosas calificadas en función de la relación de pareja y mediando violencia de género y amenazas” en concurso real, en un contexto de Violencia de Género.

Por tal razón el doctor Gile solicitó la prisión preventiva por el plazo de treinta días, para concluir la presente I.P.P., y elevar la causa a Juicio.

A su turno, la defensora dijo que tomó conocimiento de la existencia de esta causa, y su cliente le daba una versión totalmente distinta a la explicitada por el Fiscal. La Defensa propuso que EFF recupere su libertad bajo cuidado de sus hermanas, con las reglas impuestas por el Juzgado de Familia.

Tras oír a las partes, el juez resolvió hacer lugar al pedido fiscal de la prisión preventiva del imputado, en orden a los delitos de “Violación de domicilio lesiones leves dolosas calificadas en función de la relación de pareja y mediando violencia de género y amenazas” en concurso real, por el plazo peticionado.

Crédito: 03442

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