COVID: Aclaran que las nuevas flexibilizaciones nacionales están vigentes en Entre Ríos | GENESIS24.NET
domingo 28 abril 2024

COVID: Aclaran que las nuevas flexibilizaciones nacionales están vigentes en Entre Ríos

El Fiscal de Estado de Entre Ríos, Julio Rodríguez Signes, explicó que «este decreto – el 494/2021 – está vigente y contiene disposiciones para todo el país». Afirmó que las aperturas van de la mano de la campaña de vacunación.
En diálogo con colegas de Diario Río Uruguay, el funcionario comentó que empezó a regir desde el sábado pasado y es «un decreto que establece una nueva fase, dado que primero tuvimos al ASPO, luego el DISPO, luego la fase de los semáforos epidemiológicos».

«Esta cuarta fase está caracterizada porque se define la alarma, con nuevos parámetros basados en la ocupación de camas de terapia intensiva», detalló.

En detalle

En rigor, el nuevo DNU publicado en el Boletín Oficial abandona el esquema de semáforo epidemiológico y mantiene únicamente la categoría de alarma epidemiológica y sanitaria para aglomerados, departamentos o partidos de más de 300.000 habitantes, en donde la ocupación de camas UTI supere el 80% y la variación porcentual del número de pacientes internados de los últimos 7 días, respecto de los 7 anteriores sea superior al 20%.

En el decreto se establece que está permitida en todo el territorio nacional la práctica de «deportes, eventos sociales, culturales, recreativos y religiosos en espacios cerrados»; como así también los «cines, teatros, clubes, locales gastronómicos, centros culturales, gimnasios, casinos y bingos, con un aforo del 70 por ciento».

También se habilitó la asistencia a centros de día y clubes de adultos mayores con el mismo límite de aforo, siempre y cuando «todos los asistentes cuenten con el esquema completo de vacunación contra la Covid-19, y hayan transcurrido 14 días desde entonces».

Además, las reuniones sociales en domicilios particulares ahora pueden ser de «hasta 10 personas si se hacen en espacios interiores, y de hasta 20 si se realizan al aire libre».

En tanto, en espacios abiertos, se autorizó la «realización de excursiones y actividades turísticas de acuerdo con los protocolos y normativa vigentes», en transportes que permitan mantener «ventilación exterior adecuada de manera constante y cruzada».

Además, las reuniones y actividades en espacios públicos pueden ser de hasta 100 personas, aunque «la autoridad jurisdiccional podrá disminuir el aforo» establecido «según los parámetros epidemiológicos y sanitarios».

La norma indica que los gobiernos provinciales y municipales podrán permitir la realización de viajes en grupos «de hasta 10 personas para salidas recreativas, sociales y comerciales», en tanto tengan como origen y destino aglomerados que «no sean considerados en Situación de Alarma Epidemiológica y Sanitaria; que se realicen bajo los protocolos; que no incluyan pasajeros que hayan estado en el exterior durante los últimos 14 días o sean convivientes de quien revista tal condición; no hayan sido contacto estrecho de un caso confirmado de Covid-19 durante los 14 días previos al viaje, ni hayan tenido un diagnóstico positivo en el mismo período».

En lo que respecta a las clases presenciales, se mantendrán «dando efectivo cumplimiento a los parámetros de evaluación, estratificación y determinación del nivel de riesgo epidemiológico y condiciones establecidas en las resoluciones del Consejo Federal de Educación», dice el DNU.

El DNU dispone también la prestación de servicios en el sector público bajo la modalidad presencial para los agentes de la administración pública nacional.

En tanto, permanecen suspendidos en todo el país los eventos masivos, entendidos como todo acto, reunión o acontecimiento de carácter eventual, cuyo objeto sea artístico, musical, festivo o deportivo, capaz de producir una concentración mayor a 1.000 asistentes.

Siguen prohibidos los viajes grupales de egresados, jubilados y jubiladas y de estudiantes o similares así como las actividades y reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de 100 personas.

Lo mismo sucede en discotecas, salones de fiestas, bailes, o actividades similares.

Se oficializó también la prorroga del cierre de las fronteras hasta el 1 de octubre y amplió el cupo semanal a 11.900 plazas para el ingreso al país de argentinos residentes y extranjeros no residentes.

El cupo 11.900 plazas se determina hasta el 1 de septiembre y, después de esa fecha, se eleva a 16.100 plazas si se establecen nuevos corredores seguros aéreos.

En Entre Ríos

Por último, Rodríguez Signes aclaró que «no necesariamente la provincia de Entre Ríos tiene que adherir pero posiblemente dicte alguna norma en estos días».

«La idea será adaptar – al igual que en los decretos anteriores – la normativa, dado que a nivel provincial se había flexibilizado un poco más», remató. Subrayando que «excepto Paraná, el resto de la provincia tiene una ocupación de camas por debajo el 80%».

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