La mujer detenida el pasado martes por la noche y los dos jóvenes que estaban con prisión preventiva, involucrados en la investigación del caso Liliana Esquivo, recuperaron su libertad este miércoles por la tarde. Todos siguen ligados a la causa.

La Policía detuvo a una mujer, vecina del barrio donde está el garaje en el cual Esquivo guardaba su moto, acusada de ser la persona que aprovechando su indefensión y simulando prestarle ayuda, le robó el celular de la víctima, para luego pedir auxilio, lo que se descubrió cuando la acusada activó el aparato de telefonía con su chip.

Esto llevó a un cambio de la causa, por lo que este miércoles, tras ser indagada, se realizó una audiencia en el Juagado de Garantías, donde se pidió su prisión preventiva, lo que no prosperó y se dispuso su libertad con medidas, al igual que la de los otros dos involucrado.

 

Audiencia

La audiencia se realizó pasado el mediodía ante el juez de Garantías, Dr. Gustavo Ariel Díaz en el marco del Leg 1476/21, donde la agente Fiscal, doctora Albertina Chichi, solicitó la revisión de la prisión preventiva de Rodrigo Alejandro Cardozo (18) y Maximiliano Adrián Rodríguez (26), y solicitó la prisión preventiva de María Celeste Arraigada de 41 años, detenida el martes.

Como se recordará, las Defensas de Rodríguez y Cardozo, son ejercidas por los doctores José Peluffo y Pablo Sotelo, respectivamente, en tanto que a Arraigada la representa la defensora oficial doctora Valeria Irel.

En su alegato, la fiscal explicó que el día del inicio de la causa se dio intervención a las empresas de telefonía a los fines, en el día de ayer se le informó por parte de Inteligencia Criminal, que se recibió informe de la Empresa Claro que el IMEI del teléfono de la Sra. Esquivo estaba traficando con el número de la María Celeste Arraigada.

Ante esto, la Policía investigó logrando ubicar el domicilio de la sospechosa en calle Santa María de Oro por lo que se solicitó un allanamiento y la detención de Arraigada, que hasta ese momento era una testigo que auxilió a Esquivo. Por otra parte, recordó que por las cámaras se los observa a Rodríguez y Cardozo, que se hacen señas y continúan su camino, calificándose esto como robo en grado de tentativa, ya que no pudo lograr el hecho delictivo.

Tras este incidente, Esquivo fue llevada por una ambulancia y cuando sus hijos se dan cuenta del faltante del celular, Arraigada dijo como “testigo” que Esquivo ingresó a la cochera y ahí fue interceptada por el delincuente, lo que llevó a imputarle a Rodrigo Cardozo el hecho de arrebato y a Rodríguez su complicidad al llegar en una motocicleta color negro, viéndose frustrada la maniobra ilícita  por la oposición efectuada por la víctima, quién producto de la situación sufrió un accidente cerebro vascular.

Hurto Calamitoso

Con la imputación a esta vecina, la situación cambió ya que Arraigada fue acusada de “Hurto calamitoso”, señalándose que los otros dos detenidos no lograron el robo al encontrar la resistencia de la damnificada.

Como se señalara, la fiscal encuadró «prima facie» en el delito de “Hurto Calamitoso” Art. 163 INC. 2 del CP y debía evaluarse distinto, por lo que solicitó la prisión preventiva para la mujer y la libertad de los otros detenidos, pero con medidas y reglas de conducta, destacando que en el caso de Arraigada, su actitud no puede pasar desapercibida y ante un debate oral se solicitará una pena de cumplimiento efectivo.

ARTICULO 163 inc 2. – Se aplicará prisión de uno a seis años cuando:

Cuando el hurto se cometiere con ocasión de un incendio, explosión, inundación, naufragio, accidente de ferrocarril, asonada o motín o aprovechando las facilidades provenientes de cualquier otro desastre o conmoción pública o de un infortunio particular del damnificado.

A su turno, la defensora Alejandrina Herrero se opuso a la pretensión de la Fiscalía, que falta pericias y que no hay peligros procesales o de entorpecimiento de la investigación. Que considera que la libertad es la regla y la prisión preventiva es la excepción, ofreciendo como alternativa una prisión preventiva con el padre de la acusada como cuidador.

Por otra parte, los abogados de Rodríguez y Cardozo, adhirieron al pedido fiscal y aceptaron las condiciones.

Tras los alegatos, el juez de Garantías Gustavo Díaz, resolvió disponer la inmediata libertad de Rodrigo Alejandro Cardozo y Maximiliano Adrián Rodríguez, imponiéndosele medidas de coerción que deberán cumplir estrictamente.

En cuanto a María Celesta Arraigada, resolvió igual medida bajo el cuidado y vigilancia de su padre, fijando ese domicilio que no podrá variar sin previa autorización del Tribunal entre otras medidas.

Crédito: 03442 noticias

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