Ante la vigencia del Decreto PEN n°493/20 que prorroga el n°459/20, que fuera continuidad de los n°297/20, n°325/20, n°355/20 y n°408/20 el que mantiene el estado de aislamiento social preventivo y obligatorio en el territorio nacional ratificado por Poder Ejecutivo Provincial y conforme Resolución de la Dirección del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas que “EXIME DE PRESTAR TAREAS HABITUALES A LOS EMPLEADOS COMPRENDIDOS EN GRUPO DE RIESGO” y considerando que la oficina de nuestra localidad es de Personal Único se comunica que la misma CONTINUARA CERRADA HASTA LA FECHA DEL PROXIMO 7 DE JUNIO INCLUSIVE, continuando la competencia en la OFICINA DEL REGISTRO CIVIL DE LA LOCALIDAD DE HERRERA quien ATENDERA en días LUNES A VIERNES DE 8 A 12,30 HORAS.
PROCEDIMIENTOS REFERENTES A ACTUACIÓN ANTE REGISTRO CIVIL.
1) MATRIMONIOS: exclusivamente en caso “in extremis”.
2) UNIONES CONVIVENCIALES: solamente por razones de salud o causa debidamente justificadas.
En ambos casos deberá solicitar turno previamente por vía telefónica a la oficina interviniente (03442-494175) quien comunicará Protocolo e Instructivo a cumplir para acceder a dichos trámites.
3) SOLICITUD DE ACTAS:
- a) Por medio de correo electrónico: “actasarchivo@entrerios.gov.ar” obtiene acta con firma digital.
- b) Vía telefónica: al número de la oficina quien recepcionará los datos de las actas peticionadas y comunicará el protocolo a cumplir para proceder al retiro de las actas peticionadas y posterior entrega.
4) DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD (DNI): solamente en circunstancias que revistan el carácter de URGENTE e IMPOSTERGABLE, como asimismo los “DNI 0 Año” cuando concurran circunstancias particulares y excepcionales.-
5) PRESENTACION DE TRÁMITES: Concurriendo con toda la documentación necesaria (formularios, notas, etc) conforme el trámite a presentar y conforme lo estable la información obrante en la página web (www.entrerios.gov.ar/registrocivil) o telefónicamente y cumpliendo estrictamente el protocolo que previamente deberá en forma telefónica consultar a la oficina interviente.
PERSONAS CON DOCUMENTACIÓN A RETIRAR EN LA OFICINA DE HERRERA
Días de atención de lunes a viernes de 8:30 a 12:00 horas
- -ADAMI MICAELA LOURDES
- -BARRIENTOS JONATHAN NATANAEL
- -BRIZUELA ROMINA PAOLA
- -BORDET BRENDA
- -BOCCHIO BRANDON AZARIEL
- -CASAS TAHIEL JAIR
- -DOULAY JOANNAS, LUDMILA DEL CARMEN
- -GOMEZ LUCIA CAMILA
- -GIROD OCAMPO OMAR GABRIEL
- -HERITIER ALICIA NOEMI
- -MORENO MARTINEZ ANGEL KIMBERLEY
- -MARTINEZ SELENE GABRIELA
- -OBANDO CATRIEL RAUL
EN OFICINAS DE OCA SUCURSAL CONCEPCIÓN DEL URUGUAY
Dirección calle sarmiento n°2150, días de atención de lunes a viernes de 09:00 a 17:00 horas, existe documentación a nombre de:
-OLIVERA PEDRO VALENTÍN
TODOS DEBEN CONCURRIR CON LA CONSTANCIA CORRESPONDIENTE
OBRAS SOCIALES PARA RECIÉN NACIDOS
Por Resolución de la superintendencia de servicios de salud, res.309/2020 en su art. 1° se establece de carácter excepcional que todos los agentes de seguro de salud y las entidades de medicina prepaga deberán incorporar de manera provisoria y por el termino de hasta 45 días posteriores a la finalización del periodo del aislamiento establecido por el Dto. 297/20 y sus posibles prorrogas a los hijos de los afiliados/as titulares nacidos a partir del 20/02/2020 con la sola acreditación del nacimiento o parentesco, mediante la presentación de la partida de nacimiento o certificado médico de nacimiento expedido por el establecimiento asistencial de salud pública o privada suscripto por el médico u obstetra o agente sanitario habilitado que hubiere atendido el parto o cualquier otro instrumento, que en copia u original permita tener por acreditado la ocurrencia del nacimiento. No es necesario el mismo cuando el mismo agente de salud pública o medicina prepaga hubiera intervenido en el parto.
El art 2° dispone que terminado el periodo del art 1° el afiliado deberá tramitar el DNI y presentarlo al agente de salud o medicina prepaga, ya que si así no lo hiciere se lo dará de baja (art.3°).
En el caso de las solicitudes de afiliaciones por fallecimiento del cónyuge y mientras se encuentra en trámite la pensión, el mismo se podrá hacer con la sola presentación del certificado de defunción otorgado por el sanatorio.
TELÉFONOS DE CONSULTA
03442-494175.- Oficina Registro Civil Herrera
Celulares 03442-15620361/15417843.