Durante el acto electoral y hasta pasadas tres horas de finalizado los comicios  se prohíben:

–          Los espectáculos populares al aire libre

–          Los espectáculos populares en recintos cerrados

–          Las fiestas teatrales y deportivas

–          Toda clase de reunión pública que no se refiera al acto electoral

–          Publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección

 

A ochenta metros de la mesa receptora de votos está prohibido:

–          La realización de reuniones de electores en los domicilios.

–          La utilización de las viviendas como depósito de armas

–          La apertura de organismos partidarios

–          La distribución de boletas de sufragio a los electores.

 

Cuarenta y ocho horas antes y hasta el cierre del acto electoral se prohíbe:

–          Realizar actos políticos de proselitismo

–          La emisión y publicación de avisos publicitarios en medios televisivos, radiales y gráficos con el fin de promover la captación del voto del elector.

–          La publicación en medios de comunicación –sean estos audiovisuales, de radiodifusión, gráficos, internet u otros- de resultados de encuestas, sondeos de opinión, pronósticos electorales, así como la referencia a sus datos.

 

Doce horas antes y hasta tres horas después de finalizado el acto eleccionario se prohíbe:

–          La portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos

–          Tener abiertas las casas destinadas al expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas.

Tenga en cuenta estas restricciones, evite inconvenientes.

Radio: 102.5 FM | TV: Canales 52 & 507 | LRM774 Génesis Multimedia ((HD Radio & TV))