El Tribunal Oral Federal de Concepción del Uruguay, integrado por el  Dr. Sebastián Gallino y el Vocal Subrogante Dr. Osvaldo Alberto Facciano, juzgó a dos mujeres concordienses, Lourdes Marisa Miño y Carina Maricel González, por comercialización de estupefacientes.

Días atrás, el Tribunal Oral Federal de Concepción del Uruguay, integrado por el doctor Sebastián Gallino y el Vocal Subrogante Dr. Osvaldo Alberto Facciano, juzgó y condenó a dos mujeres de Concordia, por el delito de comercialización de estupefacientes.

Se trató de Lourdes Marisa Miño y Carina Maricel González, que fueron procesadas tras una investigación iniciada el primero de abril de 2017, llevada adelante por personal de la Delegacía Toxicología Concordia de la Policía de Entre Ríos.

Según se supo oportunamente, las sospechas iniciales indicaban que Carina Maricel González se dedicaba a la venta al menudeo de estupefacientes en el domicilio de su madre Gladys Beatriz Miño, ubicado en calle 53 este N° 2035 de la ciudad del citrus, destacándose que Carina Maricel se encontraba cumpliendo condena anterior.

Los agentes del orden vigilaron discretamente ese domicilio, observándose el ir y venir de los clientes en distintos medios de locomoción, realizando el típico pase de manos, tras lo cual se retiraban rápidamente manipulando algo pequeño entre sus manos, maniobras que incluso permitieron documentar que se trababa de cigarrillos de armado casero, y los pases típicos de venta en la vereda.

La Policía logró determinar que en la vivienda ubicada enfrente al domicilio primeramente investigado, precisamente en el N° 2040, donde vivía Lourdes Marisa Miño, también acudían personas en distintos horarios a comprar narcóticos, actividades que se realizaron sin intermitencia desde el inicio de las actuaciones hasta su finalización, incluso a fines de la investigación, en el horario nocturno, lo que fue fundamental para que se realizaran los allanamientos de los domicilios.

Así se allanó la casa de Gladys Beatriz Miño, ubicada en calle 53 este, casa 2040 donde no se constataron moradores, requisándose un Volkswagen Suran, dominio IMG-348 y la vivienda, donde el personal policial junto a los testigos, secuestró dinero en efectivo, cigarrillos armados, marihuana y elementos para el fraccionamiento.

Simultáneamente se diligenció allanamiento en relación al domicilio de Carina González ubicado en calle 53 este casa 2035, donde se localizó a dos sujetos en la vereda a quienes se hizo ingresar a la morada, donde se encontraba Marisa Lourdes Miño- domiciliada en la primera vivienda allanada- y tres menores de edad.

Continuándose con la diligencia, se logró el secuestro de una importante cantidad de porros y otros elementos de interés a la investigación.

Ambas mujeres fueron llevadas a juicio, siendo representadas por a defensora Oficial, doctora Julieta Elizande, siendo la Fiscal Federal, la doctora María Milagros Squivo.

En su alegato la parte acusadora dio detalles de lo actuado, sosteniendo la acusación formulada en la instrucción, solicitando se las declare penalmente responsables del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización en calidad de coautoras y en función de ello solicitó para la imputada Carina Maricel González la pena de siete años de prisión, el mínimo de la multa previsto, las costas de la causa y que sea declarada reincidente y para Lourdes Marisa Miño, la pena de seis años de prisión efectiva, el mínimo de la multa previsto por la ley penal y la parte proporcional de las costas de la causa.

A su turno, la defensora cuestionó los procedimientos realizados y planteó nulidades, intentando lograr la absolución y libertad de sus representadas.

Durante el debate declararon diferentes testigos, entre ellos el subcomisario Garzón, quien relató que se inició una investigación con diferentes diligencias y vigilancias, con escuchas telefónicas. En su relato confirmó que se logró la identificación de los domicilios en los que se comercializaban estupefacientes, filmaciones en varias ocasiones el habitual pase de manos entre ocasionales compradores y las moradoras, agregando a esto que en más de una oportunidad se pudo observar que quienes iban a comprar se retiraban manipulando cigarrillos de armado casero, señalando que un día vendían en lo de Carina y al otro en el de Lourdes.

Los policías, Molina e Hidalgo, declararon en el mismo sentido que los testigos civiles.

Tras escuchar a las partes y realizar un análisis exhaustivo de lo expuesto, el Tribunal condenó a Lourdes Marisa Miño a la pena de cinco años y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo, adoptando la modalidad de prisión domiciliaria y Carina Maricel González a seis años y seis meses de prisión efectiva, la cual cumplirá en la Unidad Penal N° 6 de Paraná. (El Sol)

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