La nueva Ley provincial N° 10566 de narcomenudeo, generó la realización de las dos primeras audiencias en el Juzgado de Garantías de Concepción del Uruguay, que llevó a la prisión preventiva de los detenidos.

A esto se llega tras sendos procedimientos realizados el miércoles y jueves, por parte de la Policía de entre Ríos en el primer caso y la Policía Federal en el restante.

El primero de los casos tiene como imputados a Irma Del Lujan Maidana, (a) “PONY”, de 35 años de edad y a Marcos Gabriel Delfino, de 18, los que fueron representados por los defensores particulares, doctores José Pedro Peluffo y Daniel Cedro, siendo la doctora Gabriela Seró, la fiscal interviniente en la causa.

A los imputados se les atribuye que al menos, entre los días 12 y 21 del mes de junio de 2018, la Maidana y Delfino, comercializaron sustancias estupefacientes (marihuana) en dosis fragmentadas para el consumo, recibiendo a cambio de las entregas de éstas y como contraprestación sumas de dinero, realizándose tales actividades en el domicilio ubicado en 12 del Norte y Reibel (Barrio la Higuera).

Esto llevó al procedimiento de allanamiento y requisa domiciliaria autorizada por la Jueza de Garantías Dra. Melisa Ríos, en el domicilio indicado, habitado por Maidana, donde se procedió al secuestro de 35 envoltorios sujetados en sus extremos con una sustancia vegetal la cual arroja resultado positivo con marihuana, pesando 52 gramos en su totalidad, un estuche de Chita Automotores el cual contenía una billetera de cuerina con 9.800 pesos y  una sustancia verde compacta, similar a los denominados ladrillos de marihuana, resultando positivo el test orientativo y pesando 292 gramos, recortes varios de nylon blanco utilizado comúnmente con el objeto de fraccionar la droga destinada a la venta.

La conducta antes descripta encuadra en el delito de comercialización de estupefacientes en dosis fraccionadas directamente al consumidor -previsto en la Ley 10.566 por adhesión a la Ley 23.737 y sus modificaciones, art. 5º, inc. c)-, lo que se le atribuye a Maidana y Delfino  en calidad de coautores, explicando que cuenta con elementos de cargo, inicio de un “Estado de Sospecha”, con conocimiento de la Fiscalía, directivas en función a acreditar los extremos sospechados, captación de imágenes e incluso un video que capta circunstancias de comercialización.

La Fiscalía considera que tiene por acreditada la “Probabilidad de Autoría”, y conforme art. 353 del C.P.P., con penas en expectativa de 4 a 15 años de prisión, señalándose que Maidana cuenta con una condena por un delito similar.

También consideró que existen riesgos procesales, ya que la soltura de ambos acusados podría entorpecer la investigación.

La fiscal solicitó la prisión preventiva, indicándose que respecto a los hijos menores de la mujer, se podría dar intervención al Copnaf y Ministerio Pupilar, y deberán evaluar la implementación de una Medida de Protección a través del Juzgado de Familia Local

El defensor particular Dr. José Pedro Peluffo por Delfino se opuso indicando que no surge del estado de sospecha que su cliente haya estado en actividades que tengan que ver con infracción a la Ley 10566, Comercio de Estupefacientes, y además se declaró consumidor y la escasa cantidad del lugar del hecho, no se pudo acreditar que haya sido con fines de comercialización, solicitando se lo considere como Tenencia Simple.

A su turno el Dr. Daniel Cedro, manifestó que a pesar de sus antecedentes, la investigación se dirigía hacia unos vecinos Romaniana, y las fotografías aparecen como equívocas, la Fiscalía se aventura que hay venta en el interior del domicilio, no surge ni está acreditado, es un extremo difícil de pregonar de una fotografía, y que en otra foto, hay alguien como consumiendo, y se trataría de otro estupefaciente, pero no marihuana, solicitado el cambio de Calificación, y de lo único, se puede acreditar la tenencia de estupefacientes.

Finalizado los alegatos, la jueza interviniente dispuso la prisión preventiva de los coimputados, en orden al delito de “Comercializacion de estupefacientes en dosis fraccionadas directamente al consumidor”, por el plazo de 30 días, ordenando que Maidana sea alojada en dependencias de la Comisaría del Menor y la Mujer y Delfino en la Comisaría Primera.

 

Segunda audiencia por narcomenudeo

La segunda causa tratada fue la derivada a partir del procedimiento efectuado por la Policía Federal en dona de calle Mitre y bulevar Díaz Vélez, que terminó con la detención de cinco personas.

La Jueza de Garantías, fue la doctora Melisa María RIOS, ante quien se presentó el Agente Fiscal N° 3, doctor Fernando Martínez Uncal- en el marco del Legajo Nº 2461/18, designado: “Nº 45/2018 – Policia Federal S/ infraccion a la Ley Nº 23.737”, a fin de solicitar la prisión preventiva de los Co Imputados Ayala Carolina Elizabeth, con antecedentes penales por estupefacientes con una condena a tres años por Tenencia para Consumo personal; Ruiz Díaz Brenda Priscila; Rossi Osvaldo René, de 37 años de edad; Rossi Luis Osvaldo, de 58 años y Rossi Jaqueline Iara, de 30, quienes fueron representados por los defensores particulares, doctores José Pedro Peluffo y Daniel Cedro.

El fiscal hizo lectura de los  hechos atribuidos señalando “Que al menos, entre los días 10 de mayo  y 21 del mes de junio de 2018, Luis Osvaldo Rossi, Brenda Priscila Ruíz Díaz y Jaqueline Iara Rossi  comercializaron sustancias estupefacientes (marihuana) en dosis fragmentadas para el consumo, recibiendo a cambio de las entregas de éstas y como contraprestación sumas de dinero, realizándose tales actividades en el domicilio sito en calle Mitre casi intersección con Díaz Vélez.  Durante el allanamiento en el domicilio habitado por Luis Osvaldo Rossi, se procedió al secuestro de 14 envoltorios de nylon transparente conteniendo sustancia vegetal 18,67 grs.,  un envoltorio de nylon color negro conteniendo una sustancia vegetal en su interior con un peso de 51.72 grs.,  un envoltorio color negro con un peso de 47,40 grs., otro envoltorio de nylon trasparente con 58,58 grs., un ladrillo encintando abierto en uno de sus extremos con la inscripción en su parte superior “1.000 KILO”, el cual en su interior contenía 730 grs., resultando positivo de todos al reactivo de marihuana, pastillas sueltas y blister, una caja de cartón que contenía la suma de pesos 4770 pesos en efectivo, cuatro bolsas de nylon transparente conteniendo monedas por la suma de 317,50, otra caja de cartón 897 pesos, una balanza de almacén, una balanza pequeña utilizadas comúnmente para fraccionar la droga. Como segundo hecho “Que al menos, entre los días 10 de mayo  y 21 del mes de junio de 2018, Osvaldo René Rossi y Carolina Elizabeth Ayala  comercializaron sustancias estupefacientes (cocaína) en dosis fragmentadas para el consumo, recibiendo a cambio de las entregas de éstas y como contraprestación sumas de dinero, realizándose tales actividades en el mismo domicilio destacando que en el allanamiento y requisa domiciliaria, se procedió al secuestro de 500 pesos, un envoltorio de nylon c con forma de “cebollín”, con la sustancia estupefaciente, 275 pesos, 6450 pesos en billetes de diferentes denominaciones, en poder de Osvaldo René Rossi, dos celulares, un revólver calibre 32, con numeración suprimida, una bolsa de nylon conteniendo una sustancia semicompacta con formas de piedras de color blanquecina de 48,51 grs., anotaciones impresas manuscritas, tres tablets y dos computadoras portátil Notebook.

Se destacó que la conducta se subsumen en la comercialización de estupefacientes en dosis fraccionadas directamente al consumidor, siendo responsables Luis Osvaldo Rossi, Brenda Priscila Ruíz Díaz y Jaqueline Iara Rossi en calidad de coautores y Comercialización de estupefacientes en dosis fraccionadas directamente al consumidor, Tenencia de arma de fuego de uso civil sin la debida autorización legal, atribuíble prima facie a Osvaldo René Rossi y Carolina Elizabeth Ayala en calidad de coautores.

El fiscal solicitó la prisión preventiva por 30 días, considerando la existencia de riesgos procesales, a lo que las defensas se opusieron.

Finalmente la jueza dispuso hacer lugar al pedido fiscal y ordenó el alojamiento de las mujeres en la Comisaría del Menor y de los varones en la Comisaría Primera.

Fuente: 03442

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