Alberto Rubén Paván, fue condenado en audiencia de juicio abreviado, por delitos relacionados a la violencia de género, en perjuicio de su ex pareja.

Fue en audiencia desarrollada ante la jueza de Garantías, Alejandrina Herrero, donde estuvieron presentes, el imputado su defensora oficial, doctora Romina Pino y el fiscal interviniente, doctor Mariano Budasoff.

Este sujeto fue imputado de “Lesiones leves dolosas calificadas en función de la relación de pareja y mediando violencia de género y resistencia a la autoridad”, por hechos ocurridos 6 de enero de 2017, cuando insultó y amenazó a Dolores Rosa Ruiz Díaz dentro del domicilio de la misma sito en calle Belgrano al 500 de la ciudad, para luego tomar el teléfono celular de la mujer que se encontraba sobre la mesa de la cocina y arrojarlo contra la pared y finalmente dirigirse hacia el automóvil de la víctima, marca Volkswagen, que se encontraba en el patio delantero del domicilio, al cual le daño el tambor de arranque.-

La Fiscalía subsumió esos hechos dentro de lo previsto en los arts. 4 y 5 de la Ley 26.485 de Protección Integral a las Mujeres y los delitos tipificados en nuestro Código Penal de amenazas coactivas y daño -arts. 45, 55, 149 bis último párrafo y 239 C.P.-, atribuibles “prima facie” a Alberto Rubén Paván.

Por otra parte, al imputado se le formularon los cargos por lo sucedido la noche del día 23 de septiembre de 2017 cuando Paván y su pareja concurrieron a una fiesta en el Club San Martín, y luego de haber soportado los celos y agresividad de Paván durante toda la jornada Ruíz Díaz decidió retirarse hacia su domicilio, pero al salir sola del lugar su pareja la siguió y agarró del cuello, le pegó golpes de puño en el estómago, la víctima se resistió y comenzó a solicitar auxilio mientras Paván la sacudía y la tomada de sus cabellos con fuerza. Como consecuencia de las agresiones la víctima resultó con lesiones de carácter leves. El otro hecho ocurrió la madrugada del 24 de septiembre de 2017, en calle San Martín casi intersección con Lucas Piriz , donde la mujer fue agredida por Paván, quien se resistió al accionar de la Policía.

Las conductas señaladas fueron subsumidas por la Fiscalía en los delitos de lesiones leves dolosas calificadas en función de la relación de pareja y mediando violencia de género y resistencia a la autoridad en concurso material entre sí -arts. 239 y 89 en función de los arts. 90 y 80 incs. 1º y 11º del Código Penal y arts. 4 y 5 de la Ley 26.485 de Protección Integral a las Mujeres-; y se le atribuyen en calidad de autor.

 

Pena acordada:

Finalmente las partes dieron a conocer la pena acordada, de dos (2) años de prisión de cumplimiento en suspenso, por los delitos mencionados, lo que fue aceptado por el violento sujeto.

La jueza homologó el acuerdo e impuso reglas de conducta que Paván deberá cumplir estrictamente por el plazo de dos años, o se procederá a su inmediato arresto.

Fuente: 03442

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