Previo a la reversión y pase a cobro judicial, se lograron regularizar más de 4000 planes de pago que se encontraban en mora. El proceso se inició en septiembre mediante una emisión especial que permitió la cancelación de cuotas faltantes o la totalidad de lo adeudado, en planes vencidos.
En el marco del programa de Cobranza Activa que lleva adelante la Administradora Tributaria, esta semana se dieron a conocer los resultados de un proceso iniciado en el mes de septiembre, a partir del cuál, se habilitó una ventana temporal de pago voluntario para contribuyentes con planes de pago caducos, previo a la remisión de cobro por la vía judicial. Como resultado, se recuperaron 33 millones de pesos correspondientes a 3415 planes cancelados y otros 882 planes con cuotas al día.
El titular adjunto del organismo, Jorge Otegui, puso en valor las políticas de cobro que se llevan delante por cuanto «estamos avanzando con un proceso metódico e intenso en la gestión de cobro, para eso seguimos capacitando a nuestra gente, revisando las metodologías y procedimientos, siempre priorizando los esfuerzos en los contribuyentes más importantes», dijo.
El proceso se llevó adelante en dos etapas, partiendo de una emisión masiva de la deuda contenida en planes de pago caducos, entregando a los contribuyentes un aviso de vencimiento especial a fin de cancelar su deuda al 15 de septiembre. De esta manera, unos 2.728 planes fueron cancelados por un monto cercano a los 15 millones de pesos y otros 647 planes se pusieron al día abonando deuda vencida por casi 8 millones de pesos. La diferencia final se incorporó a instancias de una segunda prórroga, compuesta de tres vencimientos durante octubre y noviembre donde se incorporaron otros 900 planes por un monto cercano a los 10 millones de pesos.
El Director de Interior Fabián Galeano, destacó los resultados del operativo y subrayó que «se viene trabajando en el marco de un plan integral de cobro donde los mayores esfuerzos están volcados en los segmentos de mayor riesgo fiscal. Es decir, en sectores cuyo historial de financiamiento por medio de planes de pago no cumplidos o moratorias era importante»
Finalmente al ser consultado por los contribuyentes que no se acogieron a esta posibilidad excepcional, Galeano recordó que deacuerdo con la normativa vigente «los planes son revertidos y la deuda remitida a cobro judicial».