Pueden volver los puente: Cuáles son los feriados definidos para 2018 según la ley aprobada en Diputados

La Cámara de Diputados aprobó por 152 votos contra 1 la ley que le brinda al Ejecutivo la posibilidad de establecer hasta tres feriados puente por año. Fija además el cronograma de feriados inamovibles y trasladables para 2018.

La Cámara de Diputados de la Nación aprobó este martes por mayoría y giró al Senado un proyecto de ley que faculta al Poder Ejecutivo a fijar tres feriados puente con la intención de promover el turismo interno.

La iniciativa, impulsada por el legislador misionero Maurice Closs, fue avalada sobre tablas con 152 votos positivos y sólo uno negativo. De acuerdo a lo explicado por el diputado por el Frente de la Concordia Misionero, la propuesta propone que «el Poder Ejecutivo podrá fijar hasta tres días de feriados o días no laborables» para la «promoción turística».

En este contexto, Closs graficó que «para el 1 de Mayo, el Poder Ejecutivo podrá tener la facultad de que el 30 de abril sea feriado», lo que a su entender «ayudará mucho para que se fomente la actividad del turismo».

La intención del proyecto es que el poder Ejecutivo pueda ordenar los feriados de acuerdo al contexto de cada año. Es decir, que cuando lo considere necesario, tenga la potestad de poder generar un fin de semana extra largo.

De acuerdo a los días que caigan los feriados o al flujo turístico que haya en cada temporada, el Gobierno tendrá la posibilidad de modificar el esquema y de agregar hasta tres días feriados o tres días no laborables. Tendrá la libertad de elegir cualquiera de las dos opciones.

La iniciativa le brinda la posibilidad al Gobierno de tener a disposición una legislación flexible que le permita generar un feriado puente cuando lo considere necesario. El proyecto propone la derogación de tres decretos ? los N° 1584/2010, 52/2017 y 80/2017 -que fueron instalados durante los gobiernos de Cristina Kirchner y Mauricio Macri.

Además, con la nueva ley los feriados trasladables aumentarán. Pasarían a ser cuatro. A partir del próximo año serían los días 17 de junio (que hasta ahora era inamovible), 17 de agosto, 12 de octubre y 20 de noviembre.

Por su parte, el diputado oficialista Fernando Sánchez aclaró que «Cambiemos no es un grupo político mezquino y está dispuesto a acompañar el proyecto de Closs». Además, se mostró a favor de «ordenar la política de feriados».

En este sentido, rechazó los argumentos de la oposición de que la eliminación de los feriados puente afectó a las economías regionales y remarcó que «este año hubo récord de turistas extranjeros y nacionales en todos los centros turísticos del país».

El presidente Mauricio Macri eliminó en enero de este año, por medio de un decreto de necesidad y urgencia, los dos «feriados puente» anuales que el anterior gobierno había establecido para incentivar al sector turístico.

 

El posible cronograma para el 2018

Feriados Nacionales Inamovibles

1º de enero: Año Nuevo

12 y 13 de febrero: Lunes y Martes de Carnaval.

24 de marzo: Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia.

30 de marzo: Viernes Santo

2 de abril: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas.

1º de mayo: Día del Trabajo.

25 de mayo: Día de la Revolución de Mayo.

20 de junio: Paso a la Inmortalidad del General D. Manuel Belgrano.

9 de julio: Día de la Independencia.

8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción de María.

25 de diciembre: Navidad

 

Feriados nacionales trasladables

17 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Don Martín de Güemes.

17 de agosto: Paso a la Inmortalidad del General D. José de San Martín.

12 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural.

20 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional.

 

Días no laborables

Jueves Santo

Para quienes profesen la religión judía los días del Año Nuevo Judío (Rosh Hashana), DOS (2) días, el Día del Perdón (lom Kipur), UN (1) día, y de la Pascua Judía (Pesaj) los DOS (2) primeros días y los DOS (2) últimos días.

Para quienes profesen la religión islámica, el día del Año Nuevo Musulmán (Hégira), el día posterior a la culminación del ayuno (Id Al-Fitr); y el día de la Fiesta del Sacrificio (Id Al-Adha).

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